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23-12-2010 Comunicado de prensa 10/235

El CICR acoge con beneplácito la entrada en vigor de la convención sobre desapariciones forzadas

Ginebra (CICR) – La entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas marca un hito en la historia de la prevención y la erradicación de las desapariciones, ha dicho hoy el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). "Es un importante logro en la lucha contra una fuente de miedos inenarrables y de gran pesar para cientos de miles de personas en el mundo", dijo Olivier Dubois, jefe adjunto de la División de la Agencia Central de Búsquedas y de Actividades de Protección del CICR. "Esta Convención contribuirá seguramente a mejorar la protección contra las desapariciones forzadas.

Jueves 23 de diciembre de 2010, por Desaparecidos 2

23-12-2010 Comunicado de prensa 10/235
El CICR acoge con beneplácito la entrada en vigor de la convención sobre desapariciones forzadas
Ginebra (CICR) – La entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas marca un hito en la historia de la prevención y la erradicación de las desapariciones, ha dicho hoy el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). "Es un importante logro en la lucha contra una fuente de miedos inenarrables y de gran pesar para cientos de miles de personas en el mundo", dijo Olivier Dubois, jefe adjunto de la División de la Agencia Central de Búsquedas y de Actividades de Protección del CICR. "Esta Convención contribuirá seguramente a mejorar la protección contra las desapariciones forzadas.

Los Estados que son partes en ella, han de incorporar sus disposiciones a la legislación nacional. Han de aplicarla y tipificar la desaparición forzada como delito a tenor de su respectiva legislación penal".

La desaparición forzada en un delito de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos y –cuando se produce en tiempo de guerra– también en virtud del derecho internacional humanitario. La Convención contiene una serie de medidas para prevenir las desapariciones forzadas, como por ejemplo que la autoridad detenedora registre los datos de toda persona privada de libertad y el derecho de las víctimas a conocer la verdad sobre las circunstancias de una desaparición forzada y la suerte de la persona desaparecida. Asimismo, la Convención estipula que se apliquen las oportunas sanciones penales a las personas que cometen desapariciones forzadas. A partir de hoy, las disposiciones de este tratado son jurídicamente vinculantes para los primeros 20 Estados* que lo han ratificado o que se han adherido a él.

Irak, país que se adhirió al tratado hace 30 días, desencadenó la entrada en vigor. Millares de personas en Irak siguen albergando la esperanza de recibir noticias de sus parientes dados por desaparecidos desde los años 1980.

En toda situación de conflicto armado o de violencia interna, se producen desapariciones. En Bosnia y Herzegovina, por mencionar otro ejemplo, se desconoce todavía la suerte de más de 10.000 personas que desaparecieron durante el conflicto, a comienzos de los años 1990.

El CICR trabaja en todo el mundo para prevenir las desapariciones de personas, ayudar a esclarecer la suerte que corrieron aquéllos que desaparecieron y apoyar a los familiares de las personas desaparecidas. El CICR también ha participado activamente en el proceso de redacción de la Convención y alienta su ratificación y aplicación a nivel mundial.

Para más información:
Nicole Engelbrecht, CICR, Ginebra, tel.: +41 22 730 2271 ó +41 79 217 3217

● Albania, Alemania, Argentina, Bolivia, Burkina Faso, Chile, Cuba, Ecuador, España, Francia, Honduras, Irak, Japón, Kazajistán, Malí, México, Nigeria, Paraguay, Senegal y Uruguay. También será vinculante para Brasil, a partir del 29 de diciembre de 2010.


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