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¿Qué es la desaparición forzada de personas?

Definición

Domingo 30 de enero de 2011, por Desaparecidos 2

¿Qué es la desaparición forzada de personas?

La definición legal más aceptada de la desaparición forzada
en el derecho internacional humanitario es la que aparece
en el preámbulo de la Declaración de Protección de Todas
las Personas Contra las Desapariciones Forzadas de 1992.
[…] desapariciones forzadas, es decir, que se arreste,
detenga o traslade contra su voluntad a las personas,
o que éstas resulten privadas de su libertad de alguna
otra forma por agentes gubernamentales de cualquier
sector o nivel, por grupos organizados o por particulares
que actúan en nombre del gobierno o con su
apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento,
y que luego se niegan a revelar la suerte o
paradero de esas personas o a reconocer que están privadas
de la libertad, sustrayéndolas así de la protección
de la ley, […]3
En esta definición se pueden identificar tres elementos,
que desglosamos para su análisis:

1. Que se arreste, detenga o traslade contra su voluntad
a personas, o que éstas resulten privadas de su libertad
de alguna otra forma. La detención o privación
de libertad puede tomar muchas formas. Todas las situaciones
de privación de libertad pueden conducir a la
desaparición forzada. En algunos casos la persona que
desaparece ya estaba detenida, a veces incluso por motivos
legales. En muchos otros casos, la desaparición comienza
al hacer prisionera a la persona fuera de un lugar
oficial de detención.

2. Que la detención sea llevada a cabo por funcionarios
gubernamentales de cualquier sector o nivel, por
grupos organizados o por particulares que actúan en
nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto,
su autorización o su asentimiento. El gobierno
es el conjunto de los órganos directivos del Estado, por lo
que las detenciones son realizadas por agentes estatales.
Referirse al “Estado” como autor de las desapariciones
forzadas puede sonar muy abstracto, pero esto se traduce
en la inclusión de todas las personas y entidades cuyo
funcionamiento pueda vincularse a la responsabilidad del
Estado. Las personas que cometen o participan en las desapariciones
a menudo son individuos o grupos contratados
por el Estado, como soldados, policías o agentes de
seguridad. También pueden ser otros actores que operan
con instrucciones de las autoridades o instituciones del
Estado, o que tienen la aprobación del mismo, como por
ejemplo los miembros de las patrullas de autodefensa, las
milicias privadas u otros grupos parapolicíacos y paramilitares
que cometen crímenes siguiendo las instrucciones
de autoridades o instituciones estatales. Sin embargo,
cuando intervienen dichos actores en las desapariciones
forzadas, es difícil probar la conexión entre el Estado y
las personas que realmente ejecutaron la desaparición.

3. Que después los funcionarios gubernamentales se
nieguen a revelar la suerte o el paradero de esas personas
o a reconocer que están privadas de la libertad,
sustrayéndolas así a la protección de la ley. La negativa
u ocultación de información es un elemento sustancial
del delito, por lo que no son válidas las declaraciones
en torno a la posible muerte de la víctima, mientras no
haya un esclarecimiento oficial de los hechos.

http://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/%28Symbol%29/A.RES.47.133.
Sp?OpenDocument
4 Este apartado fue tomado del manual: “Usar el derecho contra las desapariciones
forzadas. Guía práctica para familiares de personas desaparecidas y ONGs”,
Utrech, Aim for human rights, 2009, p. 20, versión digital en:
http://www.ediec.org/es/biblioteca/item/id/520/

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