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Sitemáticas, las desapariciones forzadas en México: ONG

Lunes 2 de febrero de 2015, por Hasta encontrarlos

2 febrero, 2015

Pese a los señalamientos de diversas organizaciones de derechos humanos sobre el carácter ‘‘sistemático’’ de las desapariciones forzadas en México y los más de 23 mil casos que han ocurrido desde el sexenio pasado, de acuerdo con cifras oficiales únicamente ha habido seis sentencias condenatorias por este delito en el país en el ámbito federal.

Con base en el informe que presentará el Estado mexicano en el contexto del octavo periodo de sesiones del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas (CED, por sus siglas en inglés), a realizarse este lunes y martes en Ginebra, Suiza, de 2005 a la fecha ha habido menos de diez sentencias.

La primera se dictó el 11 de mayo de 2005, por un juzgado de distrito con sede en Guanajuato, en contra de José Antonio Guerrero Domínguez, ex agente de la Procuraduría General de la República, quien participó en la desaparición de José Rocha Guzmán en julio en 2003.

La segunda se dio a conocer el 14 de diciembre del mismo año (2005) por un juzgado de distrito en Michoacán en contra de un elemento de la entonces Agencia Federal de Investigación (AFI). Las restantes ocurrieron en mayo y diciembre de 2006, septiembre de 2009 y junio de 2010, y en ellas están involucrados miembros de la extinta Dirección Federal de Seguridad y de la mencionada AFI.

No obstante, en uno de estos casos, relacionado con una denuncia por desaparición cometida en 1977 en el marco de la llamada guerra sucia, el responsable no fue encarcelado debido a su avanzada edad.

De igual manera, en el anexo de las preguntas que le responde al CED, el gobierno mexicano da a conocer que de 2006 a 2014 la Procuraduría General de la República (PGR) inició un total de 239 averiguaciones previas por el delito de desaparición forzada de personas.

Sin embargo, en 118 de ellas la PGR se declaró incompetente, 41 están en reserva, 14 pasaron a la categoría de ‘‘acumuladas’’, 44 están pendientes y en 26 casos se declaró el no ejercicio de la acción penal. Además, 13 terminaron en consignaciones sin detenidos y no hubo ningún expediente donde se lograra consignar a algún acusado.

Stephanie Erin Brewer, coordinadora del área internacional del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, consideró en entrevista con La Jornada que el bajo número de consignaciones y sentencias tiene que ver, en primer lugar, con la falta de denuncia por parte de los familiares de las víctimas o por temor o desconfianza en las autoridades.

Otros elementos son la falta de investigaciones adecuadas por parte del Estado –no se indaga el caso de inmediato ni hay protocolos de búsqueda con vida– y la tipificación incorrecta de los hechos, que son reclasificados para no admitir una desaparición forzada o diluir la responsabilidad del Estado, como ocurrió en el tema Ayotzinapa, indicó.

‘‘Todo ello hace que la mayoría de los casos nunca lleguen a la última fase de un proceso penal. El contraste entre el discurso del gobierno mexicano en espacios como Naciones Unidas y la realidad del país se hace dolorosamente evidente. La falta de sanciones fomenta la repetición de los hechos, por eso esperamos que en esta primera evaluación del CED a México se formulen recomendaciones muy claras para frenar las desapariciones forzadas’’, subrayó.


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