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México suma casi 50 años de desapariciones: ¿Y la Ley, cuándo?

Miércoles 27 de enero de 2016, por Hasta encontrarlos

Por Sandra Rodríguez Nieto enero 26, 2016 -

El 10 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al Artículo 73 de la Constitución. La modificación facultó al Congreso para expedir “las leyes generales que establezcan como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas” y otras formas de privación de la libertad violatorias de la ley. Estableció, además, un plazo de seis meses para que el Congreso de la Unión expidiera la legislación secundaria que diera cumplimiento a la reforma, además de regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. El plazo ordenado en el decreto se venció el pasado 10 de enero, pero la legislación secundaria se encuentra aún en calidad de proyecto en diferentes comisiones del Senado de la República. De acuerdo con Olivia Rubio, abogada y asesora en la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, el motivo del retraso fue que se decidió esperar a la presentación de la iniciativa por parte del Presidente de la República, entregada el pasado 15 de diciembre.

Ciudad de México, 26 de enero (SinEmbargo).– El pasado 11 de enero, en Veracruz, cinco jóvenes fueron detenidos de manera ilegal por agentes de la Policía Estatal que interceptaron el vehículo en el que viajaban y, de acuerdo con testigos, los sometieron a la fuerza. Aun cuando el “levantón” quedó registrado en cámaras de seguridad y hay seis agentes detenidos, el Gobierno del Estado no ha establecido el paradero de las víctimas, por los que las familias han tenido que buscarlos por sí mismas en la Procuraduría, entre otros cadáveres y restos de personas asesinadas de las formas más atroces, reportaron a este medio, como desechas en ácido.

Cuatro días después, el 15 de enero, en el Estado de México, un grupo de personas armadas entró en la vivienda de la activista Cornelia San Juan Guevara, madre de Osvaldo Espejel Guevara, a su vez víctima de desaparición desde 2012, y la asesinaron a balazos. Llevaba cuatro años de intensa búsqueda de su hijo, y “murió buscando justicia”, denunciaron varios colectivos de familiares y organizaciones de la sociedad civil.

El 19 de enero siguiente, en Guerrero, familiares agrupados en Los Otros Desaparecidos de Iguala encontraron restos humanos en dos fosas clandestinas ubicadas en cerros del municipio de Teloloapan, sumando así la recuperación de 321 cuerpos desde 2014, cuando la búsqueda de los estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa mostró la gran cantidad de cementerios ilegales que existen en ese estado. Y, casi de manera simultánea a estos hallazgos, también el día 19 y también en Guerrero, el Gobierno del Estado reportó que cinco personas armadas entraron en un domicilio del municipio de Arcelia y secuestraron a cuatro integrantes de una familia, entre ellos dos menores de edad, a quienes se llevaron a bordo de un vehículo. Es el mismo lugar en el que, apenas el 9 de enero, también se había registrado el secuestro de 21 personas que –como la familia– fueron liberadas el 14 de enero pasado sin que haya probables responsables detenidos.

Son los casos más recientes de la problemática de desaparición de personas en México, tipo de crimen del que, como los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, se estima existen más de 27 mil víctimas en todo el país. Ocurren de manera tan frecuente y tan impune, sin investigación ni prevención ni castigo por parte de las autoridades que, de acuerdo con Amnistía Internacional (AI), se han expandido con velocidad de epidemia y consecuencias de una crisis en materia de derechos humanos.

“Han pasado a ser algo tan habitual en todo México que prácticamente ya forman parte de nuestra vida cotidiana”, advirtió la organización el 14 de enero, al presentar el reporte “Un Trato de Indolencia: la respuesta del Estado frente a la desaparición de personas en México”.

“En las contadas ocasiones en que realmente se llevan a cabo investigaciones, casi no pasan de ser una mera formalidad para aparentar que se está haciendo algo”, agregó la organización.

Los desaparecidos de México

Estados con el mayor número de personas no localizadas en

el país (datos acumulados al primer cuatrimestre de 2014)

Tamaulipas 5,379
Estado de México 2,215
Nuevo León 2,167
Jalisco 2,159
Chihuahua 1,569

FUENTE: Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas

Ante la problemática, y luego de que el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas recomendó al Estado mexicano ajustar el marco legal a la Convención Internacional en la materia, el 10 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al Artículo 73 de la Constitución. La modificación facultó al Congreso para expedir “las leyes generales que establezcan como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas” y otras formas de privación de la libertad violatorias de la ley. Estableció, además, un plazo de seis meses para que el Congreso de la Unión expidiera la legislación secundaria que diera cumplimiento a la reforma, además de regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

El plazo ordenado en el decreto se venció el pasado 10 de enero, pero la legislación secundaria se encuentra aún en calidad de proyecto en diferentes comisiones del Senado de la República. De acuerdo con Olivia Rubio, abogada y asesora en la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, el motivo del retraso fue que se decidió esperar a la presentación de la iniciativa por parte del Presidente de la República, entregada el pasado 15 de diciembre.

Para las organizaciones de familiares y de la sociedad civil, por separado, el retraso es el menor de los incumplimientos, debido a que la iniciativa del Ejecutivo federal dejó fuera una de las propuestas que las organizaciones consideran prioritarias: establecer un mecanismo de búsqueda nacional, autónomo, ajeno e inmune a las instancias policiacas estatales.

“El Mecanismo de búsqueda debe ser nacional y deberá coordinarse con el Mecanismo Trasnacional (de la Procuraduría General de la República), deberá contar con personal especializado y certificado, con recursos económicos, científicos y tecnológicos, con capacidad para coordinar acciones con los estados y dependencias federales y facultad de acción interestatal”, exigieron los familiares en un posicionamiento de septiembre de 2015.

“Debe ser una entidad con autonomía y facultades para activar las acciones necesarias para desapariciones recientes sin importar nacionalidad o ciudadanía. Asimismo, deberá operar las estrategias de búsqueda para los casos de años o décadas anteriores”, agrega la demanda también identificada como “No sin las familias”.

La propuesta del Ejecutivo, por su parte, establece un Sistema Nacional de Búsqueda que, en lugar de tener recursos y personal especializado, es un “conjunto de procesos y acciones para la operación y coordinación de autoridades”. Los procedimientos de búsqueda de las víctimas, además, deben realizarse “conforme a los protocolos que emitan la Procuraduría [General de la República] y las procuradurías locales”, de acuerdo con lo que establece el artículo 67 del proyecto de ley.

“Hay varias cosas desde el punto de vista de las familias que nos preocupan”, dice Alma García Guevara, del Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios. “Principalmente que no se nota un mecanismo de búsqueda, claro y preciso para poder localizar a las víctimas (…) La iniciativa vuelve a poner en las Procuradurías estatales toda la responsabilidad. Los estados crean estas fiscalías, que ya hemos visto en estados como Coahuila, Nuevo León o Tamaulipas, que no dan los resultados que las familias esperan”, agrega.

Otra carencia, menciona, es la exclusión de la problemática de los migrantes, que han sido asesinados y encontrados de manera masiva en su tránsito por territorio mexicano, a pesar del “mecanismo trasnacional” de la PGR, y la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes y el Mecanismo de Apoyo Exterior Mexicano creada oficialmente el pasado 18 de diciembre. Menos por tanto, dice García, considera el carácter trasnacional de las redes delictivas que secuestran a los migrantes en su paso por México.

UN MISMO TIPO PENAL

Andrés Díaz Fernández, investigador en materia de derechos humanos de la organización Fundar, agrega que de la iniciativa del Ejecutivo tampoco se desprenden medidas que mejoren la coordinación entre los agentes investigadores de las diferentes entidades de la República y con los de la Federación. Tampoco, dice, para coordinar ni aun los procedimientos de búsqueda y de investigación internos en las procuradurías y que, de acuerdo con la experiencia en las entidades, explica, obstruyen la resolución de los casos.

“Las autoridades se debaten entre buscar o investigar; les cuesta mucho tener esa perspectiva, y generalmente hacen una cosa u otra, y ninguna la hacen bien, no ven coordinación entre las figuras jurídicas de la búsqueda y la investigación criminal”, dice Díaz.

De acuerdo con el posicionamiento de las familias, la legislación por sí misma no es evidentemente una solución para la epidemia criminal de desapariciones cuyo verdadero reto es “terminar con la complicidad y la impunidad que han dado origen y mantienen esta situación”. Pero de la legislación, agregaron, se espera de todas formas que dé pie a “mejores herramientas para encontrar a nuestros desaparecidos”.

Desde el Senado, Rubio explicó que el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo y otros cuatro se analizarán en el periodo ordinario de sesiones que inicia en febrero y concluye en abril, lapso en el que también se prevé organizar tres foros regionales. Entre los temas a consensuar, explica, está la definición de los tipos penales que deben regir los procedimientos de búsqueda, investigación y atención a las víctimas, así como las bases de datos –de personas detenidas, internadas o fallecidas; de perfiles genéticos– que deben formar parte de los cruces en los registros y que no existen en todos los estados.

“Esto se va a someter a consultar en foros regionales, y una vez que se hayan realizado, las comisiones (de Justicia, Gobernación y Estudios Legislativos, además de la de Derechos Humanos) tendrán el trabajo de ir redactando artículo por artículo”, explica.

“Lo indispensable es tener un mismo tipo penal en toda la República, porque cuando una persona desaparece, lo último que sabes es donde la viste, pero no sabes dónde puede estar; y, si no hay el mismo tipo penal, ¿cómo vamos a castigar una conducta que pudo haber empezado en una entidad federativa y se concluyó en otra? Lo mismo ocurre con los protocolos de búsqueda, que deben estar homologados para empezar lo más pronto posible, porque mientras más pronto se empiece, hay más posibilidades”, agrega Rubio.

Para las familias, la legislación llegaría retrasada no sólo los días que han pasado desde que se venció el plazo de 180 seis días impuesto por el decreto de reforma constitucional. Está atrasada décadas, explica García, porque la problemática, si bien se multiplicó durante la denominada guerra por el narcotráfico, se ha registrado en el país desde finales de los años 60, en la “Guerra Sucia”.

Por eso, agrega, más que los tiempos es prioridad la realización de una consulta que recoja sus propuestas y sus demandas para poder empezar a resolver los miles de casos que se han registrado en el país, sobre todo en el periodo comprendido entre 2007 y 2012.

A este objetivo, sin embargo, aún le falta que la ley se traduzca en hechos, considera Díaz; expectativa para la cual los antecedentes arrojan pocos motivos. El esfuerzo institucional que dio pie a la Fiscalía Especial para los Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, por ejemplo, dice, inició más de 500 procedimientos pero no logró consignación alguna, cerrando operaciones con un margen de impunidad total. A la fecha, agrega, la PGR cuenta con sólo 24 agentes del ministerio público para buscar a más de mil personas víctimas de desaparición cuyos casos se estima están en el fuero federal. Para el mismo propósito, tiene también sólo 40 policías de investigación. “Todo es inoperante”, dice Díaz. “A la PGR no le interesa investigar este tipo de delitos, y tiene que ver con una cuestión evidentemente política. Haciendo un balance de la PGR desde 2001 que se investiga en México la desaparición forzada, ha sido un rotundo fracaso”.


Ver en línea : http://www.sinembargo.mx/26-01-2016...

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