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ONU pide a México incluir la apertura de cuarteles militares en nueva Ley de Desaparición Forzada

Miércoles 19 de octubre de 2016, por Hasta encontrarlos

En México hay más de 27 mil personas desaparecidas. Organizaciones buscan que se tipifique el delito y que se ajuste a estándares internacionales de derechos humanos

Ciudad de México (SinEmbargo).– La Organización de las Naciones Unidos (ONU) recomendó que el proyecto de ley contra la desaparición forzada debe garantizar el acceso a los cuarteles militares y a las instalaciones de los órganos de inteligencia y seguridad del Gobierno mexicano para dar con las víctimas de este delito.

Ariel Dulitzky, integrante del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU, participó y dio sus recomendaciones en la reunión que mantuvieron comisiones de senadores quienes dictaminan el proyecto de ley en la materia.

“Creo que para superar algo de la desconfianza y pesimismo con la que observan muchas de las víctimas, debería clarificarse la responsabilidad y el pleno acceso a todos los lugares del estado y deberían nombrarse con nombre y apellido, que se debe garantizar el acceso a cualquier instalación militar, a cualquier instalación del SIEDO [Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada], a cualquier instalación de cualquier organización de seguridad, cuerpo de seguridad o cuerpo de inteligencia. En algunos artículos de la ley se enumeran ciertos lugares públicos, ciertos lugares donde se debería permitir el ingreso de los investigadores o de la Comisión Nacional de Búsqueda.”, dijo.

Señaló que el ingreso se debería de permitir tanto en la investigación como en la búsqueda.

Dulitzky señaló que debe quedar inscrito en a ley “porque lo hemos visto en muchos casos, que a pesar de muchísimas requisitorias no se ha logrado entrar a ciertas instalaciones militares hasta el día de hoy, ni siquiera interrogar a militares en algunos casos”.
Foto: Especial

Además de que se tiene que también “garantizar de manera más eficiente todo lo que es la protección, organización, preservación y acceso a los archivos. La ley lo menciona, pero tiene que mencionar de manera más explícita todos los archivos, incluidos los de la fuerza de seguridad”.

Por su parte, la Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (Red TDT), conformada por 80 organizaciones y 21 estados de la República Mexicana, publicó que en todos los casos de desaparición de personas en el país hay una responsabilidad del Estado por acción, omisión o aquiescencia.

Es decir, los funcionarios estatales han sido los encargados o responsables de desapariciones de forma directa, por saber de los casos y no hacer nada al respecto o por mandar a particulares para cometerlas.

Asimismo, la organización refirió que el delito de desaparición forzada en el Código Penal Federal no se ajusta a los estándares internacionales de derechos humanos. Además en 8 estados no han tipificado el delito en sus códigos penales.

De acuerdo con la ONU una desaparición forzada se lleva a cabo cuando “se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley.

Algunos derechos violados con este delito son el derecho a la vida, a la libertad y seguridad de la persona, a no ser sometido a torturas, a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, entre otros.
Foto: Especial

Por lo tanto, la Red TDT exige en torno a la ley discutida en el Senado sobre la tipificación de los distintos tipos de desaparición de personas “crear una Comisión Nacional de Búsqueda, un Instituto Nacional Forense independiente, incorporar la declaración de ausencia y así otorgar certidumbre jurídica a las familias, que delimite las responsabilidades mediatas e inmediatas de la cadena de mando por acción e inacción y que haya un escrutinio de los procesos por parte de los colectivos de familiares y las organizaciones que les acompañan a los mecanismos de búsqueda e investigación”.

También demandan que la ley sea aprobada antes del 15 de noviembre para ls tomen en cuenta para el presupuesto de egresos de la federación para el año 2017 porque sino no tendrá recursos ni posibilidades de implementarse.

Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición Forzada y la Desaparición de Personas cometida por Particulares fue presentada desde el 3 de septiembre de 2015 ante el Senado por integrantes de la Campaña Nacional contra la Desaparición en México.


Ver en línea : http://www.vanguardia.com.mx/articu...

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