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Con el caso de dos militantes del EPR desaparecidos en 2007, Corte definirá criterio a seguir en juicios similares

Miércoles 10 de febrero de 2021, por Hasta encontrarlos

Eduardo Murillo

Periódico La Jornada
martes 09 de febrero de 2021 , p. 12

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el caso de dos militantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) desaparecidos en mayo de 2007, un asunto en el cual el máximo tribunal tendrá que definir los procedimientos judiciales a seguir para juicios por desaparición forzada.

La Primera Sala del máximo tribunal enlistó para el miércoles próximo la resolución del amparo en revisión 51/2020, en el que se reclama la actuación de la Fiscalía General de la República (FGR) y de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en la investigación de la desaparición de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez.

Ambos integrantes del EPR fueron detenidos por autoridades aún no identificadas, la investigación de los hechos fue obstaculizada por militares y declarada como cerrada, hasta que en mayo de 2019 sus familiares obtuvieron un amparo ordenando a la FGR reabrir el caso, crear una comisión especial de búsqueda y que se permita su entrada en instalaciones de la Sedena para recabar indicios de prueba.

Tanto la fiscalía como el Ejército impugnaron este fallo, y el tribunal colegiado que lo revisó solicitó la atracción del asunto por parte de la SCJN, petición que también fue apoyada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En enero del año pasado, la Corte aprobó esta atracción, el caso fue asignado para su estudio a la ministra Margarita Ríos Farjat, cuyo proyecto aún no se ha hecho público.

La decisión que tome la SCJN definirá los criterios a seguir por juzgados y tribunales federales en casos de desaparición forzada.


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