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Caso de Marco Antonio es desaparición forzada: CIDH
La relatora de los Derechos de la Niñez urge al gobierno de la CDMX a tipificar el caso y dar acceso a la justicia al estudiante de la UNAM
Lunes 12 de febrero de 2018, por
Redacción ejecentral
12 de febrero de 2018
El caso de Marco Antonio Sánchez Flores debe ser investigado como desaparición forzada, con base en la nueva Ley General sobre Desaparición Forzada y Desaparición entre Particulares, urgió a las autoridades mexicanas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En una teleconferencia celebrada el pasado 8 de febrero, la comisionada Esmeralda Arosemena, relatora sobre los Derechos de la Niñez de la CIDH, celebrada con la familia del joven de 17 años estudiante de la UNAM, explicó que se dará puntual seguimiento al caso, como medida de protección internacional solicitada por las organizaciones defensoras que brindan apoyo y acompañan a Sánchez Flores.
"Exigimos una vez más a las autoridades de la Ciudad de México la garantía de acceso a la justicia para Marco Antonio, lo cual comienza con una investigación por desaparición forzada rigurosa y la aplicación de la justicia para las y los funcionarios que perpetraron este caso y para quienes, en los hechos, han permitido que se mantengan impunes”, agregó Arosamena.
La también coordinadora del Mecanismo de Seguimiento del Caso Ayotzinapa fue informada por el padre de Marco Antonio y abogados que llevan el caso de los obstáculos impuestos por el gobierno capitalino, ante la negativa de tipificarlo como desaparición forzada y permitirle acceso a la justicia.
Marco Antonio Sánchez, estudiante de la Prepa 8 de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) fue detenido de forma arbitraria, golpeado, y probablemente desaparecido y torturado por agentes de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina el pasado 23 de enero. Y apareció deambulando y desorientado, cinco días después en el Estado de México.
La Ley de Desaparición -vigente desde el pasado 16 de enero de 2018- contempla penas de 40 a 60 años de prisión y de 10 mil a 20 mil días de multa para el delito de desaparición forzada de personas perpetrada por servidores públicos, y puede aumentar con el agravante de la abstención o negativa de dichas autoridades en reconocer dicha privación o proporcionar información sobre su destino o paradero.
Hasta el momento la Procuraduría General de Justicia de la CDMX no ha señalado culpables. De abordarse bajo la normativa de desaparición forzada, las penas para los responsables podrían ser mayores a las estipuladas por tratarse de una víctima menor de edad, tal y como se señala el capítulo segundo. AT/EC
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