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Sin protocolo de búsqueda de eperristas en campos militares
Sábado 24 de enero de 2015
Siempre!
Moisés Castillo
24 de enero 2015
Un grupo de trabajo de la ONU ha resaltado las deficiencias en la búsqueda e identificación de personas desaparecidas en México. El caso de Edmundo Reyes y Gabriel Alberto Cruz es uno de muchos que siguen sin resolverse.
El 19 de junio de 2014, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal de Primer Circuito ordenó al Ministerio Público de la Federación, a la Sedena, a la PGR, a la Comisión Nacional de Seguridad, al director del Cisen y otros mandos federales, realizar la búsqueda de Edmundo y Gabriel Alberto, detenidos y desaparecidos el 25 de mayo de 2007 en Oaxaca. Los dos formaban parte del Ejército Popular Revolucionario (EPR).
Desde la desaparición de ambos, los familiares interpusieron denuncias por el delito de desaparición forzada. Incluso se formó un comité ciudadano, “Hasta Encontrarlos”, para exigir su regreso.
Además, el Tribunal Colegiado ordenó al Ministerio Público de la Federación que de inmediato y en el ámbito de sus competencias, se traslade a los lugares de posible detención y ocultamiento y, en especial, realicen la búsqueda en las principales instalaciones militares.
Asimismo “tomar comparecencia los funcionarios de la PGR, funcionarios estatales los mandos militares que hubieren estado en funciones en mayo de 2007, a fin de que declaren en función a los hechos”; los generales que estaban en funciones en mayo de 2007 en Oaxaca, donde comenzó la desaparición, o los que estaban en funciones en el Campo Militar 1, a donde se presume que los llevaron.
Finalmente, pidió informar sobre la “inhumación de cadáveres en centros de detención o zonas militares que pudieran coincidir con la de las víctimas para en su caso practicar diligencias de identificación forense”. Aparte de estos tres puntos lo que el Tribunal también establece es que se podrán crear comisiones especiales de búsqueda, algo inédito.
Inédito en México
Para Sandino Rivero, abogado de las familias de Edmundo Reyes y Gabriel Alberto Cruz, el Estado mexicano tiene la oportunidad de enmendarse la plana en este caso. Admitió que no se cuenta con un protocolo de búsqueda en los campos militares, porque es algo inédito en la historia del país.
“Esta diligencia es inédita, no es que haya un protocolo de cómo buscar a personas desaparecidas en campos militares. No hay un protocolo. Uno tiene que ir acompañado por el MPF, que es el que tiene que realizar las diligencias, por peritos y especialistas. Se tendría que empezar por las cárceles, calabozos en los campos militares que tengan y usen para encerrar a una persona. Lo que hemos pedido es una diligencia de prospección arqueológica con georradar. Es decir, un aparato GPR para identificar si han enterrado, inhumado cuerpos, objetos, si hay cuerpos enterrados para proceder a la excavación.”
¿Qué significado tiene esta decisión del tribunal de ordenar abrir los campos militares?
Lo que ha ordenado el Poder Judicial de la Federación es algo inédito en el país, sobre todo tratándose de un asunto de desaparición forzada de personas. Y en particular de dos personas que son reconocidos que forman parte de una guerrilla (EPR). Históricamente nunca se ha querido tocar a la Secretaría de la Defensa Nacional, mucho menos en asuntos de desaparición forzada. No es en vano que en los años sesenta se tenga registro de la primera desaparición forzada en el país y que fue en Guerrero, en contra de guerrilleros y luchadores sociales. Este asunto se dio a partir de un camino jurídico y político que ha corrido desde 2007, año de la desaparición de Edmundo Reyes y Gabriel Alberto Cruz.
¿Estos guerrilleros sufrieron desaparición forzada? ¿Cuáles son los indicios con los que se cuentan?
Edmundo Reyes y Gabriel Alberto Cruz fueron desaparecidos el 25 de mayo de 2007 en la ciudad de Oaxaca, en un operativo en el que presuntamente participaron autoridades municipales, policía estatal, federal y el Ejército. Ante esto la CNDH emitió la recomendación 7/2009, e investiga los hechos. En su pesquisa señala que elementos del Ejército participaron en el operativo, y que posiblemente los llevaron en una ambulancia al Campo Militar 1. Además se inició una averiguación previa en la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, en la Unidad de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, es la averiguación previa 47/2008. Esta averiguación está compuesta por 33 tomos, y se inició por delitos de desaparición forzada y delincuencia organizada. El MP de la Federación solamente se ha acotado a investigar a autoridades de Oaxaca, nunca ha querido investigar a la Policía Federal ni al Ejército. Una vez que asumimos la coadyuvancia como abogados junto con los familiares en 2011, nos tocó un cambio de paradigma en el país: la reforma constitucional en materia de derechos humanos, con una nueva ley de amparo.
¿Qué beneficios les trajeron estas reformas legales constitucionales?
Lo que se prevé, a diferencia de la anterior ley de amparo, es que tú puedes impugnar mediante un juicio de amparo una desaparición forzada. Con la ley de amparo anterior el juez te requería para que, el desparecido-quejoso se presentara para ratificar la demanda, algo completamente ilógico. En el juicio de amparo señalamos como autoridades responsables a las federales que el MP nunca ha querido investigar: Sedena, Cisen, Policía Federal. Una vez que presentamos la demanda de amparo, el juez ordena unos informes a todas las autoridades, éstas rinden un informe en el que dicen no tener conocimiento de Edmundo y Gabriel Alberto. El juez dice que va a suspender la demanda por un año y si no se presentan nuevos datos “la voy a considerar no interpuesta”. Pero además el MP que lleva la investigación le había rendido un informe al juez de amparo donde le decía cuáles son las 4 hipótesis de investigación. El juez de amparo no nos dio acceso al informe, porque decía que se podía poner en riesgo la investigación. Ante esta decisión del juez de amparo interpusimos recursos de queja que fueron conocidos por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en DF. Estos juicios se resolvieron en junio de 2014.
¿Hay una fecha precisa de cuándo se abrirán los cuarteles para la búsqueda de los eperristas?
Con esta resolución no sólo se ciñe a los campos militares de Oaxaca, Guerrero y DF, sin embargo son las principales porque se presume que los detienen en Oaxaca y los traen al Campo Militar 1. Pero puede ser la búsqueda en cualquier campo militar del país. La semana pasada presentamos un escrito al juez de amparo pidiéndole que realizara estas diligencias de ir a los campos militares y buscar a Edmundo y Gabriel Alberto. El pasado lunes, el juez de amparo lo que hizo fue enviarle nuestra solicitud al MP de la SEIDO. Lo que le pide el juez de amparo es que el MP le responda cuándo se realizarán las diligencias. Puede ser en las siguientes semanas cuando el MP de la SEIDO fije fecha para poder acceder a los campos militares a realizar la búsqueda de Edmundo y Gabriel Alberto. Aquí hace falta voluntad del MP y del juez de amparo para que realmente se cumpla con esta resolución del Tribual. Si no se cumple con el mandato judicial, incurrirían en el delito de desacato de una orden de amparo, y eso amerita prisión e inhabilitación de los cargos.
En el secretario de la Defensa recae la obligación
¿La inhabilitación sería directamente al secretario de la Defensa?
Claro, son las autoridades que señalamos como responsables. Principalmente por lo que tiene que ver con el acceso a los campos militares, tomar comparecencia de mandos militares que estaban en funciones. En quien recae toda la obligación es en el secretario de la Defensa Nacional. Él sería el primero en incurrir en el delito de desacato de una orden judicial y de inhabilitación en caso de no cumplir con lo ordenado por el Tribunal Federal.
¿Qué opinión tienes sobre la posible entrada de los padres de los normalistas desparecidos al cuartel de Iguala?
Creo que es un derecho de los padres de familia de buscar a sus hijos. El acceso a la justicia y el derecho a la verdad están por encima de cualquier otro pretexto oficial. Es un derecho que ellos tienen. En un Estado democrático, las autoridades tendrían que abrir los campos militares para que también familiares de muchos desaparecidos pudieran saber si están ahí sus seres queridos. Esto se ha dado a partir de una exigencia social. Aquí la diferencia con Edmundo y Gabriel Alberto es que es una resolución judicial.
Algunos analistas y periodistas tienen la postura de que con esta resolución y la posible entrada de los padres de los normalistas a cuarteles, se está humillando a la institución militar…
No diría que humillar al Ejército, lo llamaría un gobierno abierto y transparente con el pueblo de México, un gobierno respetuoso de los derechos humanos. Hablar de que se está humillando al Ejército sería tanto como hablar de que el Poder Judicial, un órgano del Estado, está humillando a otra institución. Por una determinación judicial se ha ordenado abrir las instalaciones militares para buscar a dos guerrilleros. No se está humillando al Ejército, más bien se pretende garantizar el derecho al acceso a la justicia, el derecho a la verdad.
¿Existe un límite de tiempo para la búsqueda? ¿Qué pasaría si no encuentran nada? ¿Qué escenarios contemplan?
No hay un límite de búsqueda, sobre todo porque no hay una prescripción jurídicamente hablando. Para efectos de búsqueda, mientras la desaparición forzada siga, no hay una temporalidad. Se tendrían que agotar todas las vías o mecanismos para seguirlos buscando. Por la vía de la averiguación previa van más de 30 tomos que no han arrojado una investigación seria, efectiva e imparcial. Por la vía del juicio de amparo estamos haciendo el trabajo. Lo que queremos es demostrar que se han agotado todos los recursos legales que hay en el país, para luego acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, si es que tenemos que llegar a esa instancia internacional. Es la importancia de agotar todos los recursos jurídicos, no como una mera formalidad, porque el Estado tiene la oportunidad de enmendarse la plana.
Ver en línea : http://www.siempre.com.mx/2015/01/s...