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Boletín prensa:Campaña Nacional Contra la Desaparición Forzada prevé para el próximo período de sesiones una Ley impuesta por el Ejecutivo que no investiga, no sanciona y no previene la Desaparición Forzada de personas.
Jueves 22 de diciembre de 2016, por
22 de diciembre del 2016
Como Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada, desde hace 6 años, hemos insistido en la importancia de la promulgación de una Ley General contra la Desaparición Forzada de personas que garantice el acceso a Verdad, Justicia, Memoria, Reparación Integral y Garantías de No Repetición. Para ello hemos insistido que la Ley General debe cumplir con los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos, así como con las recomendaciones hechas al Estado mexicano por diversos organismos internacionales.
En este sentido el 3 de septiembre de 2015 entregamos al Senado de la República la Iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición de Personas cometida por Particulares, Misma iniciativa que se presentó en la Cámara de Diputados el 6 de septiembre del 2016 respaldada por 274 organizaciones de víctimas, de derechos humanos, populares, indígenas y por más de 1000 personas solidarias
Cabe recordar que, conforme a la reforma del 2014 del Art. 73 Constitucional, ambas Cámaras debían aprobar una Ley General en materia de Desaparición Forzada a más tardar en febrero del 2016. Sin embargo, a casi un año de haber vencido el plazo legal, sigue sin ser aprobada mostrando con ello la falta de voluntad política para legislar adecuadamente y su insensibilidad ante las miles de víctimas de esta grave violación a los derechos humanos.
A un año de retraso, simulación y de incumplimiento por parte de ambas Cámaras, como Campaña no sólo elaboramos una propuesta de Ley General sino que también hemos elaborado diversas observaciones a la Ley General del Ejecutivo que se pretende aprobar, ya que hasta el momento y después de diversas reuniones de trabajo a las que hemos asistido junto con otras organizaciones de derechos humanos y víctimas, a nuestro juicio, no se tiene una Iniciativa que cumpla con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, y que garantice a todas las víctimas los derechos a la memoria, verdad, justicia, reparación integral del daño y garantías de no repetición.
El Estado mexicano, sigue empecinado en negar la gravedad de las desapariciones forzadas en nuestro país, busca a toda costa diluir en el término genérico de personas desaparecidas o no localizadas su responsabilidad ante esta grave violación a los derechos humanos, ha intentado desviar la atención haciendo creer a las familias que lo sucedido en México solamente es un problema de “ciertos miembros de las fuerzas de seguridad”, que no es un problema estructural ni una política de Estado desaparecer personas. Trata de equiparar la desaparición forzada con el delito de secuestro cuando la gravedad de la desaparición forzada radica en que la cometen agentes del Estado o particulares con su aquiescencia por lo cual no sólo es un delito sino también la más grave violación a derechos humanos.
Como Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada vemos necesario hacer de conocimiento al pueblo en general y en particular a las familias de víctimas de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares los puntos más graves en la redacción de la propuesta de ley General que actualmente se está discutiendo en diversos espacios, los cuales consideramos, si no se corrigen, no van a permitir que la Ley General realmente esté hecha para prevenir, erradicar y sancionar la desaparición forzada y la desaparición a manos de particulares.
Observaciones
1.- La redacción dentro de las propuestas de Ley General utilizan un lenguaje condicionante o discrecional, no sólo para las personas presuntamente responsables en la desaparición forzada o desaparición de personas cometida por particulares, sino también, en cuanto a la responsabilidad del Estado. Como por ejemplo: “Procurar, a sabiendas, injustificadamente, retrasar sin justificación, dolosamente…” cuando las desapariciones forzadas son una política del estado mexicano que muestra sistematicidad y planificación.
2.- El gobierno sigue excusando la falta de presupuesto para la implementación adecuada de la Ley, haciendo mención que se empleará lo que se tiene y con lo que se cuenta para aplicar la nueva Ley, cuando es responsabilidad única del Estado dotar del suficiente presupuesto para la implementación de la Ley.
3.- El termino utilizado para definir a una persona desaparecida no diferencia entre una desaparición forzada de una persona extraviada. Lo cual permite se diluya la responsabilidad del Estado ante la gravedad de las desapasiones forzadas.
4.- En la Tipificación se pretende reducir el delito como si fuera éste cometido por personas ajenas al Estado, reduciendo de esta manera la responsabilidad de toda la cadena de mando en la comisión del delito de desaparición forzada
5.- Se pone en la mesa el problema de la coordinación entre estados y la federación alegando cuestiones constitucionales, mostrando una vez más la falta de voluntad política para implementar la Ley General a nivel nacional.
6.- La insistencia de separar la búsqueda de la investigación, dándole “prioridad” a la búsqueda y dejando en segundo plano la investigación para dar con los perpetradores generará un problema de impunidad para todos los casos y no contribuirá a la erradicación de estos delitos ya que el Estado pretende cambiar el derecho a la Verdad por el derecho a la Justicia cuando es su obligación garantizar ambos derechos.
7.- El Estado, a lo largo de estos meses, ha hecho mención de su “imposibilidad” para cumplir con las exigencias de crear instancias que realmente den resultado dado la falta de “capacidad” técnica, recursos económicos, tecnológica y de recursos humanos, lo que señala la falta de voluntad política para atender la gravedad de las desapariciones forzadas, pues no hay otro que el mismo Estado quien tiene que dotar de capacidades y recursos. Así como tiene la capacidad y recursos de desaparecer personas y garantiza impunidad, si tuviera voluntad política garantizaría la seguridad para la sociedad en general.
8.- La discusión de la creación de la Comisión Nacional de Búsqueda, hasta el momento, se pretende enfocar a la reacción inmediata para casos que ocurran después de la promulgación de la Ley, dejando para una discusión posterior el proceso de búsqueda para dar con el paradero de las víctimas de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares cometidas desde la época de la “guerra sucia” hasta la “guerra contra el narco” de Calderón.
9.- Se ha negado a crear una instancia Autónoma de Investigación Forense para dar certeza a las familias no sólo en la búsqueda e identificación de restos sino para tener un órgano que pueda recabar y resguardar pruebas para que las víctimas y sus familiares accedan a la verdad y la justicia.
10.- La reparación integral del daño en una parte se remite a lo estipulado a la Ley General de Victimas, misma que hasta el momento no ha cumplido con las expectativas de las víctimas y que no capta la complejidad e integralidad de la desaparición forzada como bien lo ha señalado instancias internacionales y en otra parte se redacta como si la reparación fuera de opción múltiple.
11.- A lo largo de la iniciativa se niega a reconocer la participación y por lo tanto su correspondiente sanción a las fuerzas armadas cuando éstas son quienes, en muchos casos, cometen la desaparición forzada de personas.
12.- Sí bien en diversas partes de la Propuesta del Ley General se habla de la identificación, exhumación, localización de restos, así como de la localización de fosas clandestinas, el Estado no garantiza que con esto las familias no sigan saliendo a realizar la búsqueda de fosas y realicen la exhumación de restos.
13.- La Ley combina lo competente al derecho internacional humanitario con el derecho internacional de los derechos humanos, esto en un intento mañoso de diluir su responsabilidad en las desapariciones forzadas. Reduciendo el problema a una cuestión de atención humanitaria y no de responsabilidad del Estado y de derechos de las víctimas.
14.- No se quiere hacer la adecuada diferenciación en el nuevo Registro de personas Desaparecidas, diferenciando desaparición forzada de la desaparición cometida por particulares, así como el hecho de dar de alta en el registro cualquier reporte de no localización que sea levantado.
Una Ley General elaborada con base a la simulación, pactada en lo oscurito y sin responder cabalmente a los estándares internacionales en materia de derechos humanos, no sólo será ineficiente sino que cubrirá de un nuevo manto de impunidad a los perpetradores.
Presentación con vida de los luchadores sociales Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, las indígenas triquis Daniela y Virginia Ortiz Ramírez, el defensor de derechos humanos Francisco Paredes Ruiz, el indígena chatino Lauro Juárez, el profesor Carlos Rene Román Salazar, los activistas Teódulfo Torres Soriano, Gabriel Gómez Caña, Fidencio Gómez, los 43 normalistas de Ayotzinapa y las más de 30 mil víctimas de desaparición forzada en México.
Por una Ley General contra la desaparición forzada elaborada por las víctimas, organizaciones de derechos humanos, populares e indígenas
Por el castigo a los autores materiales e intelectuales de este crimen contra la humanidad
¡Vivos se los llevaron: vivos los queremos!
Atentamente
Campaña Nacional Contra la Desaparición Forzada en México
Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”, Comité Cerezo México, Comité de Solidaridad y Derechos Humanos Monseñor Romero, Red Nacional en Defensa de los Derechos Humanos, Acción Urgente para Defensores de Derechos Humanos A.C, Comité de Derechos Humanos de la Huasteca y sierra Oriental (CODHHSO), Comité Independiente de Derechos Humanos de Puebla, Red de Defensa de los Derechos Humanos, Comité de Familiares y Amigos de Secuestrados, desaparecidos y asesinados en Guerrero, Taller de Desarrollo Comunitario A.C., Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS), Movimiento de Unificación y Lucha Triqui (MULT), Brigada Multidisciplinaria, Ajusco Radio y la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM)