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Informe de la Comisión de Mediación al final del sexenio de Felipe Calderón.
39. La Comisión entiende que ha llegado a un punto que tanto podría ser sin retorno como de un avance cualitativo si se lograra avanzar a un nivel político y no detenerse en el nivel procesal, donde se ha esperado una respuesta viable durante meses. La Comisión entiende también que necesitan tiempo el Gobierno Federal y el EPR para decidir lo que proceda en el futuro inmediato. La Comisión solicita respuesta de ambas partes de manera explícita para poder continuar o suspender temporal o definitivamente sus tareas de consulta social y de mediación. Entenderemos por una respuesta explícita la disposición política de ambas partes para actuar con celeridad y transparencia. Reiteramos al gobierno federal que no tenemos un trato directo ni permanente con el EPR y reiteramos al EPR que no tenemos un trato directo ni permanente con el gobierno federal, como debió haber ocurrido con los documentos entregados el pasado 13 de junio.
Lunes 25 de junio de 2012
Informe de la Comisión de Mediación al final del sexenio de Felipe Calderón.
Informe y Conclusiones
Jueves 21 de junio de 2012
1. INTRODUCCIÓN
El trabajo de Mediación tiene en México una historia que se relaciona más con conflictos internacionales que con enfrentamientos internos. La participación del gobierno de México fue fundamental para que terminaran en El Salvador y en Guatemala, a finales del siglo pasado, sendas guerras, de carácter insurgente y contrainsurgente, que habían devastado esos países. Pero ese mismo gobierno, casi de forma simultánea, realizaba una verdadera Guerra Sucia contra un sector de su población.
Además, los dichos y las acciones de ciudadanos y ciudadanas de nacionalidad mexicana, tienen entre nosotros poco impacto. Lo mismo que se afirma por uno de nosotros con un reducido efecto, tiene enorme impacto cuando es recogido por algún intelectual, político o medio de prensa extranjeros.
Por otro lado, en los medios, la paz no es noticia. Los diarios y noticiarios electrónicos se interesan más cuando hay hechos de violencia.
Y por si lo anterior fuera poco, el Gobierno mexicano no ha dado pruebas de genuina voluntad política para encontrar a los responsables materiales e intelectuales de estos crímenes de Estado inherentes a la guerra sucia, como las ejecuciones extrajudiciales, las torturas y las desapariciones forzadas, fincarles judicialmente la responsabilidad e imponerles y aplicarles la sanción que legalmente corresponda. La impunidad de los perpetradores forma parte de los elementos definitorios de esa política de Estado, en la que nadie ha sido juzgado y condenado por estos crímenes atroces. Ante las recurrentes denuncias y condenas por parte de la sociedad civil y organismos defensores de los derechos humanos nacionales e internacionales, el gobierno mexicano ha expresado, apenas, voluntad declarativa, que no lleva a la solución del problema y mucho menos a un estado de derecho, en el que haya justicia.
Aunado a lo anterior, debemos tomar en consideración el carácter de la Comisión de Mediación como instancia de la sociedad civil, sin facultades legales de ninguna especie, lo que explica por qué ha sido tan poco productiva durante estos cinco años, Comisión que fue propuesta por el Ejército Popular Revolucionario (EPR) y aceptada por el Gobierno Federal, que se ocupa de buscar caminos que resuelvan satisfactoriamente la desaparición forzada que sufren Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, quienes fueron detenidos-desaparecidos sin que se tenga una sola noticia verosímil de su paradero.
No obstante, hay factores que llaman a persistir en el empeño. Algunos de ellos son:
a) La tenacidad de los familiares de las víctimas de la Guerra Sucia ha logrado que en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos se dicten sentencias condenatorias contra el Estado mexicano, en las que se le obliga a reparaciones integrales, pero también a tomar en serio la dimensión del fenómeno de la desaparición forzada en México.
b) El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas hizo una visita a nuestro país y produjo un informe contundente, en el que señala básicamente que es la impunidad (enfermedad crónica de nuestras autoridades) la que propicia que se siga dando este crimen de lesa humanidad en el país.
c) En ese mismo ámbito internacional se trabaja esforzadamente por elaborar instrumentos jurídicos e institucionales para que sea erradicada para siempre la oprobiosa desaparición forzada de personas.
d) La propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos, organismo de Estado, determinó que la de Reyes Amaya y Cruz Sánchez es una desaparición forzada, lo cual obligo a la Procuraduría General de la República a cambiar el delito a investigar en su averiguación, pues antes la siguió por privación ilegal de la libertad, en su modalidad de plagio o secuestro. Y, lo más importante,
e) Persiste la labor de otros organismos de la sociedad civil y de personas en lo individual, por lograr leyes sobre el tema que recojan los principios elaborados por la doctrina internacional para que nunca más se presente entre nosotros (y en ninguna parte) este flagelo.
Son las anteriores razones, más nuestra firme convicción de lucha contra la opresión y la arbitrariedad del poder, lo que nos llevó a aceptar esta responsabilidad y a mantenerla viva a pesar de que la cosecha es magra.
Fue el grupo armado el que solicitó la Mediación a un grupo de personas vinculadas con las grandes tareas de la vida nacional. Lo hizo después de realizar algunas acciones de corte militar contra instalaciones de la paraestatal PEMEX; lo cual fue determinante para que los designados le pusieran como condición para aceptar la mediación, que declarara una tregua unilateral, o sea, que cesara todo tipo de actividad bélica mientras duraran las gestiones mediadoras ante las autoridades.
Luego de un breve lapso de indefinición, el Gobierno federal aceptó la Mediación y reconoció a los integrantes de la Comisión (COMED) como interlocutores válidos. Fue entonces que comenzó realmente la labor. Y de eso hace ya cuatro años.
Para cumplir con éxito la encomienda, hemos buscado aliados. Estamos conscientes de que solos no tenemos la posibilidad de contribuir a la presentación con vida de los dos militantes eperristas. De modo que acudimos a la CNDH, a la que propusimos un mecanismos conjunto de seguimiento de su Recomendación 7/2009, partiendo del supuesto que es la más interesada en que se cumpla lo recomendado. Con las reformas constitucionales de junio de 2011, en materia de Derechos Humanos, hay más posibilidades de presionar a las autoridades al cumplimiento, máxime que puede ahora citárseles a que expliquen ante el Congreso las razones de su incumplimiento (artículo 102 apartado B de la Carta Magna).
También nos dirigimos a la Oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), que nos ha acompañado en la mayor parte del trayecto mediador. Nos identificamos con este organismo en su búsqueda de caminos viables para el acatamiento de las normas de Derechos Humanos por parte de todos los gobiernos del mundo.
Asimismo, guardamos una estrecha relación con los familiares de los desaparecidos, a quienes hemos acompañado en cuantas actividades nos han requerido. Ellos aceptaron coadyuvar con el Ministerio Público Federal en la averiguación abierta sobre el caso, y la COMED les presta el respaldo que está a su alcance.
Con el cambio en la titularidad del Ejecutivo, el gobierno de Oaxaca aceptó la Recomendación de la CNDH. Este hecho despierta expectativas, sobre todo cuando fue capturado el presunto responsable del homicidio del periodista Brad Will, quien fue ultimado en el mismo escenario político de la desaparición de los dos eperristas.
Este informe es un corte de fin de sexenio. No significa que concluya nuestra tarea, sino que sabemos que cambiará el entorno político al término del sexenio de los 60 mil muertos, más de 250 mil desplazados internos y miles de desaparecidos en una guerra interna impuesta al pueblo mexicano, con el pretexto de la “lucha contra el narcotráfico”.
Los objetivos de la COMED son dar a conocer a las y los mexicanos lo que ha hecho y pedirles el apoyo que se requiere para conseguir la presentación con vida de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez o la información precisa y veraz acerca de su paradero.
2. UN CASO PARADIGMÁTICO
Puede caerse en el error de otorgar poca importancia a dos desaparecidos en un entorno donde a diario mueren decenas de personas y existen miles de casos de desaparición forzada, unos con motivos políticos y otros que se ha dado en llamar sociales y que tienen qué ver con la violencia desatada por la negada “Guerra contra el crimen organizado”. Pero el caso es paradigmático por las siguientes razones:
a) Es posterior al período conocido como “la Guerra Sucia”, que desde el gobierno se presenta como un tema del pasado. A eso hacía alusión el nombre que se puso a la Fiscalía Especial creada en el sexenio de Vicente Fox. En función de eso, es válido cuestionarse si dicha guerra ya concluyó.
b) Los desaparecidos son miembros de un grupo armado (el Partido Democrático Popular Revolucionario-Ejército Popular Revolucionario), que solicitó la intermediación de un grupo ciudadano.
c) Existe en el caso una Recomendación de la CNDH (la 7/2009), que reconoce expresamente que se trata de una desaparición forzada de persona. También hace referencia al íter criminis.
d) De acuerdo con dicha Recomendación, hay elementos suficientes para que la averiguación previa que instruye la Procuraduría General de la República por desaparición forzada de persona, concluya con la consignación de funcionarios de nivel federal, estatal de Oaxaca y municipal de la capital de esta entidad.
e) Muchos que fungían como servidores públicos al momento de la detención desaparición, aún ocupan cargos oficiales. Esto indica que una investigación seria y profesional cuenta aún con elementos para ser exitosa.
f) Cambió el gobierno de Oaxaca, de modo que es presumible que no haya complicidades con el anterior, señalado como responsable de más de una veintena de ejecuciones y de muchos otros ilícitos.
g) Si este asunto abre caminos de solución, los otros que existen en México tendrán también posibilidades.
La desaparición de Reyes Amaya y Cruz Sánchez se dio en el marco de la represión al movimiento de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), durante la cual se cometieron otros crímenes aleves. Solucionar este caso sería de la mayor importancia para que por fin comenzáramos a construir en México un genuino Estado de Derecho.
3. MEMORIA
La detención – desaparición de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez cumplió cinco años el pasado 24-25 de mayo. Vale la pena recordar algunos hechos importantes que ya en otras ocasiones hemos mencionado, pero que son relevantes mantener cerca de nosotros a fin de contextualizar las decisiones del momento presente.
El 14 de agosto de 2008 la COMED presentó 39 considerandos en un informe muy relevante, en el que se detallan algunas acciones previa a la propia intervención de la COMED. Ya desde entonces consideramos 39 “Elementos claves en todo el proceso de la desaparición y búsqueda de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez han sido el ejército mexicano y diversas instancias gubernamentales en Oaxaca. Sin embargo, enlistamos aquí las coincidencias, acciones abiertas o discretas realizadas por elementos del ejército, de la PGR y otras corporaciones policiales”. Este informe aún tiene vigencia y por ello reproducimos algunos de sus 39 considerandos.
En aquel entonces señalamos que:
1. El ejército participó activamente en el operativo del día 24 de mayo de 2007 en el hotel El Árbol en la ciudad de Oaxaca. Elementos del ejército acordonaron la calle y penetraron en el hotel. Este hecho está confirmado por diferentes testimonios: los periodísticos, los de empleados y dueños de establecimientos comerciales vecinos al hotel El Árbol, los empleados de recepción del hotel y los cuatro policías ministeriales del estado de Chiapas que se hospedaron ahí ese día.
2. La denuncia telefónica “anónima” al teléfono 066 que provocó el operativo militar y policíaco en el hotel El Árbol fue realizada por Celedonio Santiago Ojeda hacia las diez y media de la mañana, quien había trabajado en el ejército mexicano durante 16 años, en áreas de inteligencia militar, experiencia que le ayudó a identificar la introducción de armas largas (AR15) en el hotel.
3. En los últimos meses del año 2007, el general Tomás Ángeles Dauahare , a la sazón Subsecretario de Sedena, trató de establecer contacto directo con el EPR a fin de evitar más acciones violentas por parte de la organización armada. Buscó tal comunicación a través de familiares y de ex militantes del PROCUP-PDLP que actualmente participan en la organización política Izquierda Democrática Popular (IDP) y actúan dentro de la legalidad en forma pacífica. Su papel, nos explicó, fue limitado en tiempo y materia y consistió en abrir canales formales o informales para que el EPR supiera que el gobierno no deseaba llegar a un derramamiento de sangre tanto por un tercer atentado como por enfrentamientos.
4. Consideramos relevantes estos intentos de acercamiento, aunque no se trataba, en ninguna manera, del reconocimiento de una fuerza beligerante, el intento del ejército mexicano por acercarse al EPR podría interpretarse como una forma de reconocimiento de facto.
5. Para buscar esos encuentros y contactos posibles, el general requirió la ayuda de un colaborador de confianza, Alejandro Punaro, que en el pasado había trabajado con él en la búsqueda de ese tipo de contactos en el estado de Guerrero. El señor Alejandro Punaro nos informó que durante 29 años laboró en la Procuraduría General de la República y que en la AFI llegó a ser Subdirector del combate al terrorismo, lavado de dinero y acopio de armas. Se jubiló en el año 2005 y por su amistad con el general Ángeles Dauahare aceptó ayudarle en su propósito de establecer canales formales o informales con el EPR sin remuneración alguna. Sus tareas consistieron en entablar contacto con familiares, lo cual solicitó directamente a los directivos de la LIMEDDH. A través de esa organización estableció los contactos con familiares como Nadin Reyes Maldonado, doña Margarita Cruz Sánchez y Francisco Cruz Sánchez; en algunas reuniones, como las sostenidas con la esposa y el hijo de Edmundo Reyes Amaya, se agregaron elementos de la Secretaría de Gobernación.
6. Es relevante destacar que ocho días después de que el general Ángeles Dauahare y Alejandro Punaro se habían entrevistado con los integrantes del IDP, Felipe Edgardo Canseco Ruiz y Hermenegildo Torres Cruz, éste último fue detenido por elementos de la PGR, lo cual comunicó Alejandro Punaro al general Ángeles por considerar sumamente delicado que a una de las personas con las que ellos se habían acercado para buscar comunicación con el EPR infructuosamente, pudiera ser arrestada. El general intervino en diversas instancias para que el día 15 de septiembre Hermenegildo Torres fuera liberado.
7. En la madrugada del 2 de agosto de 2007, se efectuó un peculiar operativo del Ejército Mexicano en la ciudad Nezahualcóyotl, estado de México. El periódico La Jornada del 3 de agosto de 2007 informó que “en busca de presuntos integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), más de 150 elementos del Grupo Aeromóvil de Fuerzas Especiales (Gafes) del Ejército Mexicano catearon cuatro casas y un edificio de diez departamentos en la colonia El Sol. El operativo se inició alrededor de las 6:30 horas y concluyó poco más de una hora después. Los militares portaban pasamontañas y cubrieron los números de serie de los camiones y camionetas oficiales de traslado de personal…”. Familiares y analistas cercanos a la Comisión de Mediación consideraron este operativo como una señal de vida, dado el modus operandi con que las autoridades proceden con personas que mantienen desaparecidas.
8. Durante las acciones de acercamiento emprendidas por el general Ángeles Dauahare y Alejandro Punaro ocurrió otra coincidencia relevante: el cese del hostigamiento a los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo Contreras, aunque no al Comité Cerezo-México en su totalidad, pues fue agredido físicamente uno de sus miembros sin vinculación alguna con el general Ángeles ni con Alejandro Punaro. Como en los acontecimientos relacionados con estos hermanos intervino después el CISEN, comentaremos este proceso de distensión en el punto 16.
9. El 24 de abril de 2008, a las 5 de la tarde, recibieron los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo por correo electrónico las últimas amenazas y una entrevista espuria con Gabriel Cruz Sánchez, en aparente respuesta al comunicado que el EPR hizo público el 22 de abril. Con esa entrevista espuria se vincula otra más, publicada por el diario Milenio; se trata de una entrevista con José Antonio Ortega acerca del presunto financiamiento del EPR y de un acuerdo secreto entre el gobierno y la organización popular armada para pactar una tregua, asunto que semanas después retomó el periodista Raymundo Riva Palacio en el diario El Universal. Ese mismo día el EPR emitió el comunicado mediante el cual propuso la integración de la Comisión de Mediación y desmintió el supuesto acuerdo secreto.
15. En agosto de 2007, dos personas que se presentaron como militares acudieron a las oficinas de la organización social Izquierda Democrática Popular (IDP) y ahí le informaron a Pablo Torres Hernández que los dos eperristas desaparecidos se encontraban vivos y recluidos en el Campo Militar N° 1, en separos presuntamente adjuntos a la Puerta 1. Con ese motivo hubo varias diligencias en ese campo militar, dos de la CNDH y una ordenada por el Juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal. Todas arrojaron datos negativos, pero la filtración misma abundó en la relevancia del papel del ejército en este proceso de pesquisas y acciones del gobierno federal.
16. Como se ha referido en el punto 8, la distensión en las presiones a los hermanos Cerezo coincidió con la propuesta del EPR de integrar la Comisión de Mediación. Debe tomarse en cuenta, además, que los acercamientos del general Tomás Ángeles Dauahare también pudieron haber sido importantes en la distensión y que a partir de cierto momento de esos acercamientos, intervino el CISEN.
De igual manera, la COMED señaló en ese informe a menos de tres meses de trabajo que:
25. Por otro lado, el procurador de justicia del estado de Oaxaca informó el 19 de julio a la Comisión de Mediación que desde hacía seis semanas había abierto de oficio una averiguación previa por la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez.
28. De esta variedad de acciones del gobierno federal a través de diversas instancias proviene también la confusión de versiones e interpretaciones que se han filtrado a los medios. Un ejemplo más puede ilustrarlo: la desaparición del comandante Jonás Efigenio Gutiérrez Corro, mencionado repetidamente en varios comunicados del EPR como “Jonás” y conocido en el medio policial oaxaqueño como “comandante Corro” . El 23 de octubre del 2007, cuando circulaba en un automóvil Nissan tipo Tsuru en la jurisdicción de Santa María del Tule, Oaxaca, fue interceptado y secuestrado por un grupo armado que viajaba en una camioneta de color rojo. Fungía como comandante del Cuarto grupo de la Policía ministerial del Estado y tomaba a su cargo la guardia de la Comandancia General desde el nombramiento como director del Teniente de Navío Manuel Moreno Rivas. Eran públicas las diferencias entre ambos y en una ocasión incluso se amenazaron con armas; quizás por ello en algunos medios informativos regionales se especuló que Manuel Moreno Rivas pudo estar implicado en su “desaparición”.
29. Durante la semana del 30 de junio al 4 de julio de este año, en la televisora del canal 13 local, la reportera Silvia Machuca presentó un reportaje sobre el EPR. En la última emisión dio a conocer una grabación anónima en la que se afirmaba que el EPR contaba con un campo de entrenamiento en la región Loxicha y que ahí la policía capturó a los dos eperristas y los llevó a la Comandancia de la Policía ministerial del Estado en la ciudad de Oaxaca para internarlos en los separos. La voz anónima afirma que arribaron ahí a las 00:00 horas del 25 de mayo, cuando estaba de guardia el “comandante Corro”, quien no los quiso recibir por verlos muy golpeados. La grabación concluyó que de la comandancia conocida como los “Pinos” fueron sacados y entregados a los militares y que están muertos y sepultados en Oaxaca.
30. El EPR ha precisado que Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez fueron dejados hacia las cinco de la tarde del 24 de mayo de 2007 en un punto cercano al hotel El Árbol (sin que se hubieran hospedado en ningún momento ahí), pues tendrían una reunión de trabajo a las 7 de la tarde. Fue la última vez que tuvieron contacto con ellos. Si fueron conducidos con el “comandante Corro” a las 00:00 hrs. del 25 de mayo, no pudieron provenir, pues, de los Loxicha.
31. El pasado 11 de julio de este año de 2008, según informó el corresponsal Octavio Vélez Ascencio en La Jornada, efectivos de la Unidad Especializada de Investigaciones de Terrorismo de la SIEDO, perteneciente a la PGR, registraron el cuartel general de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI), denominado Los Pinos, en la jurisdicción de Santa María Coyotepec, y las instalaciones del grupo Fuerzas Especiales de Alto Rendimiento, en la municipalidad de San Agustín de las Juntas, en busca de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, sin encontrar indicios de ellos. El procurador general de justicia del estado, Evencio Nicolás Martínez Ramírez, confirmó las acciones y afirmó desconocer qué fin tuvo el cateo.
32. Pues bien, sería conveniente saber si este operativo de la PGR se derivó de la grabación anónima presentada por la conductora de televisión Silvia Machuca en la ciudad de Oaxaca o si la información llegó a la PGR por otra vía y después fue filtrada. En cualquiera de las dos posibilidades, sería conveniente saber por qué se le concedió la credibilidad suficiente como para motivar ese operativo.
33. Ante la credibilidad concedida a muchas versiones en poder del ejército o la PGR, es necesario aclarar si los sectores gubernamentales “creen” en el origen de la tregua del EPR. La Comisión de Mediación reitera que tal tregua es resultado de la condición planteada a la organización popular armada para iniciar las tareas mediadoras y que el gobierno mexicano precisa reconocerlo así para que contribuya a la mesa de diálogo con otra decisión política equivalente a la tregua, lo que pudo consistir inicialmente en el reconocimiento de la desaparición forzada como hipótesis procesal.
En este sentido de la memoria, es preciso al menos recordar nueve momentos que rodearon la creación de la Comisión de Mediación (COMED), particularmente la serie de detenciones que hacen ver que al menos desde hace 4 años que la PGR tenía una línea de investigación clara que implementó en coincidencia con la creación de la COMED y del primer aniversario de la detención – desaparición.
a) El 24 de abril, circuló el primer comunicado del Partido Democrático Popular Revolucionario-Ejército Popular Revolucionario (PDPR-EPR), en el cual propone crear una Comisión de Intermediación con el Gobierno Federal para dialogar sobre la presentación con vida de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez militantes de esa organización detenidos y desaparecidos desde el 25 de mayo de 2007. El PDPR-EPR solicitó como intermediarios para dialogar con el Gobierno Federal, al obispo emérito Samuel Ruiz, al escritor Carlos Montemayor, al abogado y periodista Miguel Ángel Granados Chapa, al antropólogo Gilberto López y Rivas y al Frente Nacional Contra la Represión. En tanto, el Comité Cerezo recibió una amenaza de muerte anónima en un muy revelador correo electrónico.
b) Un día después Gilberto López y Rivas, Samuel Ruiz, Miguel Ángel Granados Chapa y Carlos Montemayor aceptaron la propuesta del PDPR-EPR, la cual consistía en formar parte de una Comisión Civil Mediadora (COMED), aclarando que dicha Comisión debería tener un carácter puntual orientado en la liberación de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez. De igual forma se solicita que el PDPR-EPR no realice acciones armadas mientras dure las labores de intermediación y que el Gobierno Federal fije su postura ante esa iniciativa.
c) Ese mismo día, en el municipio de San Antonio de la Cal, Oaxaca, el subdirector operativo de la Policía Ministerial del Estado (PME) Pedro Hernández Hernández y el policía ministerial de Puerto Escondido, el agente Ángel Reyes Cruz fueron aprehendidos por el Ejército Mexicano y elementos de la Policía Federal Preventiva establecidos en esa ciudad. Ambos detenidos fueron trasladados vía aérea a la ciudad de México donde rindieron su declaración ante el Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas (UEITA), perteneciente a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) de la Procuraduría General de la República (PGR). Los detenidos Hernández Hernández y Reyes Cruz, fueron señalados en la averiguación previa PGR/SIEDO/UEITA/047-08 por tener alguna responsabilidad en la detención ilegal y posterior desaparición de los dos militantes eperristas.Desde ese entonces, la PGR solicitó a los familiares de los detenidos-desaparecidos muestras de ADN para poder cotejarlas con las de algunos cuerpos presuntamente correspondientes a Edmundo y Gabriel Alberto. De igual forma, los funcionarios de la PGR señalaron que se arraigaría al Sr. Pedro Hernandez y Ángel Cruz para robustecer el expediente jurídico.
d) El 26 de abril, el Frente Nacional Contra la Represión (FNCR) aceptó ser intermediario del PDPR-EPR ante el Gobierno Federal y nombró una Comisión representante, integrada por la senadora Rosario Ibarra, el ex rector de la Universidad de Guerrero, Enrique González Ruiz y el abogado Juan de Dios Hernández Monge; además celebró que las cuatro personalidades convocadas hubieran aceptado participar. En tanto, en Oaxaca fueron “aprehendidas” 7 personas por fuerzas federales, entre ellos, 2 funcionarios, tres agentes de la Policía Ministerial del Estado (PME), uno identificado como Édgar Toledo, El Chiapas y 2 peritos de la Procuraduría de Justicia de Oaxaca. En este grupo se encontraba Romeo Ruiz, director de Servicios Periciales (primo del gobernador Ulises Ruiz Ortiz), Ricardo Canseco, subdirector técnico administrativo de la Procuraduría de Justicia del Estado; todos fueron trasladados al Distrito Federal para rendir igualmente su declaración. Posteriormente se supo que no fueron detenidos, sino trasladados en calidad de “presentados”. El gobernador Ulises Ruiz Ortiz deslindó a su gobierno de la desaparición de los miembros del grupo armado y se sumó a la demanda de familiares y de organismos civiles para que fueran presentados con vida.
e) La Comisión Estatal para la Defensa de los Derechos Humanos de Oaxaca inició una queja por la detención del subdirector operativo de la PME, Pedro Hernández, y solicitó medidas cautelares para que fuera respetada su integridad física y sicológica. Heriberto Antonio García (ombudsman estatal) dijo que la queja fue presentada por la hermana del detenido, Guadalupe Hernández Hernández, ante esto, se abrió el expediente CDDH/445/(01)/OAX/2008. La queja fue remitida a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por estar señalados elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y la Secretaría de la Defensa Nacional. Debido a esta situación los visitadores adjuntos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Rosa María Coraza, Ramón Vásquez Díaz y Pedro Rey Armendáriz estuvieron en Oaxaca para dar seguimiento al caso. Nadín Reyes Maldonado, hija de Edmundo Reyes Amaya denunció que existe evidencia clara de que sus seres queridos están en manos del gobierno y son sometidos a torturas físicas y sicológicas. Comentó que a lo largo de 11 meses los familiares de los desaparecidos y activistas de derechos humanos han mantenido contacto y encuentros con emisarios del gobierno federal, quienes en lugar de iniciar las indagatorias para encontrar a los dos desaparecidos investigan en sobremanera a sus familiares. Mencionó también que “los representantes gubernamentales sólo tienen la finalidad de intimidar para que confesemos, según ellos, lo que sabemos y como si fuéramos delincuentes nos acosan y persiguen”. Aseguró que los familiares de Reyes y Cruz han sido víctimas de amenazas anónimas con las que se les quiere intimidar. Sin embargo, continuarán luchando por la presentación con vida de ambos eperristas y los culpables de su desaparición sean castigados. Responsabilizó al Estado mexicano de cualquier daño físico y psicológico contra cualquiera de los familiares de los desaparecidos. También solicitó a las organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, a la senadora Rosario Ibarra de Piedra y a la sociedad en su conjunto luchar para encontrar a sus seres queridos y a todos los desaparecidos políticos del país. Por su parte, el secretario de Gobernación Juan Camilo Mouriño dijo que el Gobierno Federal no analiza establecer diálogo con los líderes del Ejército Popular Revolucionario, debido a que se encuentran en la etapa de verificar la autenticidad de los recientes comunicados de supuesta autoría del grupo armado.
f) Los cargos en los que se fincaron todas las detenciones provenían de un testigo “protegido” de la Procuraduría General de la República (PGR) acusó al subdirector operativo de la Policía Ministerial del Estado (PME) Pedro Hernández Hernández, y a su ex chofer Ángel Reyes Cruz de haber detenido y desaparecido a los militantes del PDPR-EPR en mayo de 2007. El procurador general de justicia del estado Evencio Nicolás Martínez Ramírez rechazó que los funcionarios Romeo Ruiz García y Ricardo Canseco, además de los peritos médicos Rosendo Avendaño López, Gerardo Trujillo Sánchez, Jaime Jiménez Díaz, Javier Matías Ruiz y José Luis Carmona Castillo hayan sido detenidos, pues argumentó que solamente se presentaron a declarar para “desahogar una diligencia en colaboración con la PGR”. Informó que tanto Romeo Ruiz García, Canseco y los peritos médicos ya habían regresado a Oaxaca y que únicamente se había quedado el agente de la PME Luis Édgar Toledo Herrera en calidad de presentado por presunto nexo con lo sucedido. El abogado Gerardo Francisco López Thomas informó que su cliente el subdirector operativo de la PME Pedro Hernández Hernández está señalado por el testigo protegido de haber detenido y desaparecido a los dos eperristas. Mencionó que el testigo imputa la responsabilidad a otros elementos de la PME, y eventualmente, podrían ser detenidos. Subrayó que el subdirector operativo refutó las acusaciones y alegó inocencia. Sin embargo, dijo que Hernández Hernández difícilmente podría salir libre por la gravedad de las imputaciones, razón por la que permanecerá arraigado 90 días. En tanto, autoridades de la PGR indicaron que las pesquisas continuarían en los próximos días y que Hernández Hernández se encuentra en calidad de “indiciado”. No descartaron que el primo del gobernador de Oaxaca volviera a ser requerido. Sin embargo, el día 5 de julio se informó en los medios que el juzgado cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal resolvió la liberación de los dos policías arraigados al considerar que no existían elementos constitutivos del delito, aunque su liberación no ocurrió sino hasta la madrugada del sábado 26 de julio .
g) El 28 de abril, el PDPR-EPR aceptó todas las condiciones de la Comisión de Mediación en un segundo comunicado, a cambio, el PDPR-EPR exige a las autoridades federales y de Oaxaca que, entre otras cosas, “su Ejército y policías dejen de hostigar e intimidar a las familias de nuestros compañeros, a sus amistades y a las organizaciones no gubernamentales que se han solidarizado” con el caso de ambos desaparecidos. Asimismo, en el comunicado el PDPR-EPR reconoció la pronta respuesta de las personalidades convocadas a conformar la Comisión de Mediación, así como su labor profesional e intelectual; además les solicitó que tomaran en consideración sus buenos oficios para tomar en cuenta a los demás desaparecidos del país.
h) El 29 de abril, la PGR informó que contaba con indicios para considerar que los eperristas Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz estaban muertos, aunque todavía no encontraba pruebas sólidas para determinar si funcionarios de la Procuraduría de Justicia de Oaxaca son los responsables del secuestro y homicidio de ambos.
i) El Gobierno Federal aceptó dialogar con el PDPR-EPR, con las siguientes condiciones: encuentro directo, es decir que las personas propuestas por el grupo armado fungieran sólo como “testigos sociales” y no como intermediarios; que el EPR se comprometiera públicamente a suspender de forma definitiva acciones radicales de sabotaje y de violencia; que el diálogo no fuera exclusivamente acerca de la desaparición de sus dos militantes, sino sobre la forma de abandonar la lucha armada: “abordar la solución pacífica de conflictos mediante la vida institucional”. Sin embargo, el gobierno federal aclaró que aún con la aceptación al diálogo directo, no suspendería las investigaciones en curso por las explosiones en instalaciones de Petróleos Mexicanos (PEMEX), ocurridas el año pasado, cuya autoría se adjudica al EPR, y tampoco cancelaría las indagatorias de otros actos delictivos que han sido denunciados. De igual modo, nombró al subsecretario de gobierno, Abraham González, para que diera seguimiento a la propuesta al grupo armado. En entrevistas separadas tanto Carlos Montemayor como Gilberto López y Rivas señalaron que para que esta iniciativa de diálogo prospere, es indispensable que la Secretaría de Gobernación entienda “que cuando una fuerza guerrillera se abre a una negociación política, no está proponiendo su propia capitulación”. Informaron que sostendrían la primera reunión formal el primero de mayo para analizar el escenario planteado.
Así mismo vale la pena recordar las conclusiones de la Recomendación 007/2009 de la CNDH dirigida al Secretario de Gobernación, Fernando Gómez-Mont, al gobernador de Oaxaca Ulises Ruiz Ortiz y al presidente municipal de la ciudad de Oaxaca, José Antonio Hernández Fraguas, exhortándolos a que realizaran las acciones pertinentes para que sean presentados con vida los dos eperristas.
De manera directa al Secretario de Gobernación le solicita que “realicen las gestiones necesarias para que sean presentadas inmediatamente con vida” los dos detenidos desaparecidos “o en caso contrario y con el mismo carácter se solicita que informen a esta Comisión Nacional la suerte final que corrieron ambas personas”. Al gobierno de Oaxaca y al gobierno del municipio del mismo nombre le pide investigar el por qué mintieron los miembros de las policías en las diligencias realizadas a pesar de su juramento de conducirse con verdad.
A los pocos días (el 11 de marzo de 2009) Raúl Castellanos, coordinador de Comunicación Social del gobierno de Oaxaca mediante un desplegado pagado, niega que el gobierno que representa tenga algo que ver con las desapariciones, rechaza la Recomendación de la CNDH y ataca al comisionado Miguel Ángel Granados Chapa. Del mismo modo, el 13 de marzo el Ayuntamiento de Oaxaca, encabezado por José Antonio Hernández Fraguas rechaza la Recomendación de la CNDH.
Vale señalar que las investigaciones de la CNDH aportaron gran luz al proceso de verdad histórica y jurídica del caso, pues revelaron un sinfín de detalles donde se evidencia la actuación de autoridades en la detención de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez. De hecho, el 11 de Noviembre de 2010, la COMED emite un comunicado en el que comparte a la opinión pública “el documento con el que, a solicitud expresa, responde la Comisión Nacional de Derechos Humanos aclarando, profundizando y comentando los términos y seguimientos de la Recomendación 07/2009 referente a la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, emitida con fecha del 13 de febrero de 2009”. Valora el documento de la CNDH recogiendo partes del mismo y concluye que “Con este reconocimiento expreso de la DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONA (…) la COMED insta a las autoridades señaladas en la Recomendación 07/2009 a asumir dicha Recomendación, así como también a dar respuesta a todas las preguntas aún pendientes a fin de dar con el paradero de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, castigar a los responsables y reparar los daños y perjuicios”. El documento de la CNDH señala que:
… del análisis de todas las evidencias que se analizaron y valoraron, cobró mayor certeza jurídica la presunción de que ambos agraviados después de su detención, fueron trasladados inicialmente de manera velada, al interior de instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, ocurriendo tales sucesos, entre el 24 y 25 de mayo de 2007, fecha en que nada se volvió a saber sobre su paradero…
… en la práctica ello implicaría que la obtención de las pruebas dependería de la cooperación del propio Estado; y porque además, esas pruebas se encuentran a disposición del Gobierno o deberían haberlo estado si éste hubiera procedido con la debida diligencia, durante el transcurso de sus investigaciones que estuvieron bajo su control exclusivo.
… quedó clara la afirmación de una autoridad, que al ejercer el monopolio de investigar y perseguir los delitos, reconoció expresamente que en el caso de los señores Edmundo Reyes Amaya o Andrés Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez o Raymundo Rivera Bravo, se está en presencia de una desaparición forzada de persona; ello, con independencia de la calificación del tipo penal con el que haya radicado las indagatorias la citada Representación Social de la Federación y a las cuales, se le impidió a esta Comisión Nacional su consulta.
Y agregamos como COMED el boletín de medios que “Lo anterior, confirma aún más la posición que sostiene esta Comisión Nacional, en el sentido de que se encuentran reunidos los elementos normativos de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Persona, para considerar que el caso de los dos agraviados se encuentra en ese supuesto, de conformidad a los razonamientos que se dejaron debidamente establecidos en los párrafos anteriores; y es por ello que en la recomendación 7/2009, se tomó la determinación de que el Estado Mexicano, representado por el Gobierno Federal, el Gobierno del estado de Oaxaca y la Presidencia municipal de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, tiene la obligación de restituir a ambas personas el pleno goce de los derechos fundamentales que les fueron conculcados, así como a reparar a éstos, o en su caso a sus familiares, los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado, a través de la indemnización correspondiente”.
También es importante tener memoria que el 21 de Febrero de 2011, la Segob, informó en su boletín 61 que “a través de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, entregó a la CNDH un documento en el que da cuenta del cumplimiento de la Recomendación 07/2009 girada por este organismo al gobierno federal, en torno al paradero de los ciudadanos Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya”. El boletín de 5 párrafos afirma, calificando su propio trabajo, que “se avanza sustancialmente en el cumplimiento a las solicitudes planteadas por la CNDH”; de igual manera “ratifica su total compromiso con el respeto a los Derechos Humanos, con las instituciones a las que legalmente les compete la vigilancia y defensa de los mismos, así como su firme determinación y voluntad política para esclarecer el caso de las personas reclamadas y castigar a los responsables”. No habla de reparación del daño ni de otros aspectos que todo cumplimiento cabal exigen. En un acto verdaderamente increíble afirma que “solicita a la CNDH dar por cumplimentada la Recomendación 07/2009 en lo que se refiere al ámbito federal y hace patente su disposición para atender cualquier duda, ampliar la información o profundizar sobre los puntos que se abordan en el documento”. Para concluir invita a la COMED a “intensificar el diálogo”, a pesar de que este no existe desde hace tiempo.
Por su parte, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas (ONU) sobre desaparición Forzada de Persona emitió el 30 de marzo un Informe Preliminar de gran trascendencia para el tema, pues revela la situación sistémica de la desaparición forzada en México. Un año después, con mayor contundencia aún, ratifica en su INFORME FINAL la situación de sistemática violación a los derechos humanos, específicamente por detenciones-desaparición forzada de personas.
Por último es importante tener presente que la COMED ha tenido de alguna manera interlocución con 3 Secretarios de Gobernación y con 4 Sub-Secretarios de Gobierno de la SEGOB, lo que ha implicado un constante reinicio del proceso de la curva de aprendizaje de los funcionarios .
4. CONCLUSIONES
El sexenio que está por concluir, encabezado por Felipe Calderón Hinojosa, ha sido negativo en materia de Derechos Humanos en general y de búsqueda de justicia en particular. No solamente se vulneran sistemáticamente las prerrogativas de las personas, sino también se impide un eficaz acceso a la justicia. La sociedad mexicana no ve al Estado como el protector de sus derechos y el garante de sus oportunidades, sino como un aparato corrupto e ineficaz, al servicio de causas ajenas.
La inoperancia de los aparatos de procuración y administración de justicia de México, en este caso es más que evidente. Nada justifica la total ausencia de resultados en la investigación de un crimen de lesa humanidad. El pretexto más importante es menor frente al resultado más pequeño. Y en la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, es notoria la absoluta carencia de resultados. Ninguna declaración de buena voluntad suple a la auténtica voluntad política de resolver el asunto.
Lo anterior justifica la intervención de instancias internacionales, como el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas, en la búsqueda de soluciones reales a este grave problema. A ningún mexicano nos agrada que nuestro país sea visto en el extranjero como contumaz violador de los Derechos Humanos, pero esto es resultado de la impunidad que prevalece y que es cobijada desde el poder.
Tenemos claro que no estamos ante un caso sencillo, porque los delitos cometidos desde el poder tienden a ser borrados desde el mismo poder. Pero la humanidad ha luchado trabajosamente para construir caminos de solución a este tipo de temas y México no puede seguir siendo el reino donde impera la impunidad.
La Procuraduría General de la República debe explicar al pueblo de México por qué no hay un solo detenido por esta desaparición forzada; por qué no hay noticia de diligencias al respecto. Ni siquiera ha dicho cómo es que siguió funcionando el teléfono de Reyes Amaya meses después de la detención desaparición. Tampoco precisa qué relación tienen los homicidios y la desaparición de comandantes de la Policía de Oaxaca con estos hechos. Si no puede, que así lo diga para que se busque otras instancias en el ámbito internacional.
Los miembros del ejército guardan un cómodo silencio. La Segob se dedica a cuidar la espalda a los militares, en lugar de contribuir a la búsqueda de la Verdad y la Justicia. Es importante rehacer la Memoria Histórica del caso y hacer efectivas garantías de no repetición. Nunca más una desaparición forzada en México.
La Comed conservará su autonomía y seguirá su propio camino de indagación de los hechos, en busca de contribuir a que los hechos se esclarezcan y se lleve a juicio a los culpables.
Atentamente.
La COMED:
Miguel Álvarez Gándara, Jorge Fernández Souza, Dolores González Saravia, José Enrique González Ruiz, Miguel Ángel Granados Chapa (+), Juan de Dios Hernández Monge, Rosario Ibarra de Piedra, Gonzalo Ituarte, Gilberto López y Rivas, Carlos Montemayor (+),
Pablo Romo Cedano. Samuel Ruiz García (+).
ANEXOS
I La PGR declara que probablemente están muertos los eperristas
29 de abril de 2008
Diario La Jornada
Continúa la investigación en contra de funcionarios de Oaxaca
Hay “indicios” de que los eperristas desaparecidos están muertos: PGR
Alfredo Méndez
La Procuraduría General de la República (PGR) cuenta con indicios para considerar que los eperristas Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz están muertos, aunque todavía no encuentra pruebas sólidas para determinar si funcionarios de la Procuraduría de Justicia de Oaxaca son los responsables del secuestro y homicidio de ambos sujetos, revelaron fuentes gubernamentales cercanas a las investigaciones del caso.
Hasta el mediodía de ayer tres personas de las nueve detenidas el pasado fin de semana en Oaxaca, como parte de esta indagatoria que se sigue por la desaparición de dos integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), continuaban rindiendo declaración ministerial ante la Subprocuraduría de
Investigación Especializada en Delincuencia Organizada en calidad de presentados.
Se trata del subdirector operativo de la policía ministerial, Pedro Hernández; del policía ministerial de Huatulco Ángel Cruz Reyes, además de otro sujeto identificado como Luis Édgar Toledo. Dos serán arraigados en las próximas horas, una vez que un juez federal del Reclusorio Oriente conceda las mediadas cautelares.
En tanto, en Oaxaca personal de la PGR y de la Procuraduría General de Justicia de esa entidad continúa la revisión de los libros del trimestre abril-junio de 2007 de la policía ministerial, que contiene las bitácoras de hechos y detenciones, para tratar de determinar si los presuntos eperristas Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz permanecieron detenidos en dichas instalaciones antes de su desaparición.
De acuerdo con las fuentes consultadas, existen por lo menos dos testimonios que imputan directamente a Pedro Hernández Hernández, así como a su ex chofer Ángel Reyes Cruz, la presunta desaparición de Reyes Amaya y Sánchez Cruz, ocurrida en mayo de 2007.
Sin embargo, la PGR buscará fortalecer los cargos con otras pruebas, ya que dichas testimoniales son insuficientes para llevar a prisión a los inculpados, que por el momento se encuentran bajo arraigo.
Los informantes indicaron que las declaraciones de testigos protegidos aseguran que los dos eperristas fueron detenidos sin orden judicial y trasladados a las instalaciones de la Procuraduría de Oaxaca. Incluso, uno de los testimonios refiere que Reyes Amaya y Sánchez Cruz fueron golpeados por policías ministeriales y que después de haber sido interrogados sacaron sus cuerpos aún con vida en camionetas oficiales y se los llevaron con rumbo desconocido.
En tanto, el abogado Gerardo Francisco López Thomas, defensor de Pedro Hernández Hernández y de su ex chofer Ángel Reyes Cruz, confirmó que la PGR pidió el arraigo por 90 días del subdirector operativo de la policía ministerial de Oaxaca.
Con información de Octavio Vélez
II. Informe y Conclusiones emitidas por la COMED el 14 de agosto de 2008
I. Antecedentes
En el comunicado que el PDPR-EPR dio a conocer el 24 de abril de 2008 propuso la integración de una Comisión de Mediación para hacer factible la presentación con vida de sus militantes Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, desaparecidos en la Ciudad de Oaxaca entre el 24 y 25 de mayo del año 2007. Invitó a esa intermediación al abogado y periodista Miguel Ángel Granados Chapa, al antropólogo Gilberto López y Rivas, al escritor Carlos Montemayor, al obispo emérito Samuel Ruiz, y al Frente Nacional Contra la Represión. Los primeros cuatro integrantes hicieron pública su disposición a aceptar tal propuesta por considerar de gran importancia, en las difíciles condiciones que vive el país, toda iniciativa de intermediación que dé cauce a la búsqueda de justicia desde la sociedad civil y que combata las desapariciones forzadas.
Aceptaron esa encomienda, además, bajo tres condiciones:
a) el carácter puntual de las gestiones necesarias para lograr la presentación de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez,
b) la posición pública del Gobierno Federal frente a esa iniciativa y
c) la certidumbre de que mientras durara la intermediación no habría acciones armadas por parte del PDPR-EPR.
En otro comunicado del 26 de abril, el PDPR-EPR aceptó cumplir con esa tregua unilateral y ese mismo día el Frente Nacional Contra la Represión (FNCR) hizo pública su aceptación a participar en la intermediación y designó como representantes a la senadora Rosario Ibarra de Piedra, al jurista y ex rector de la Universidad de Guerrero, Enrique González Ruiz, y al abogado y catedrático Juan de Dios Hernández Monge.
La respuesta oficial del Gobierno Federal ocurrió a través del Secretario de Gobernación el día 29 de abril. Las condiciones para aceptar el diálogo fueron que las personas propuestas por el grupo armado fungieran sólo como “testigos sociales” y no como intermediarios; que el PDPR-EPR se comprometiera públicamente a suspender de forma definitiva acciones radicales de sabotaje y de violencia; que el diálogo no fuera exclusivamente acerca de la desaparición de sus dos militantes, sino sobre la forma de abandonar la lucha armada, y que en caso de que el PDPR-EPR aceptara así el diálogo directo, no se suspenderían las investigaciones en curso por las explosiones en instalaciones de Petróleos Mexicanos (PEMEX) ocurridas el año anterior ni tampoco se cancelarían las indagatorias de otros actos delictivos denunciados . Se encomendó al subsecretario de Gobierno, Abraham González Uyeda, dar seguimiento a la propuesta del grupo armado.
El 9 de mayo, mediante un nuevo comunicado, el Gobierno Federal refrendó su disposición al diálogo y consideró que “la interlocución con mexicanos y mexicanas en pleno ejercicio de sus derechos cívicos y con reconocimiento en distintos sectores de la sociedad era válido y que podía contribuir a establecer principios de entendimiento entre el gobierno y el llamado PDPR-EPR”. Ese mismo 9 de mayo el grupo de mediadores resolvió constituirse formalmente en Comisión de Mediación y días después acordaron una primera sesión de trabajo con los representantes del Gobierno Federal. Con esa primera reunión, celebrada el día 13 de mayo aunque los representantes gubernamentales siguieron considerando a los mediadores sólo como “ciudadanos con plenos derechos civiles” y evitaron llamarlos explícitamente miembros de la Comisión de Mediación, comenzó el reconocimiento de hecho de sus funciones de mediación. En ese primer encuentro se trataron sólo asuntos de procedimiento, sin plantear el tema central de la presentación con vida de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, si bien la Comisión de Mediación hizo entrega de su primer documento de trabajo, donde se asentaba el tema central de los dos eperristas desaparecidos. La Comisión calificó de positiva la reunión porque, en principio, se comprobó la disposición del gobierno federal al diálogo y porque fue posible afirmar que la Comisión de Mediación contaba ya con la aceptación de ambas partes. Se acordó un siguiente encuentro para el 20 de mayo y se reiteró y se dejó en claro que la comunicación de los mediadores con el PDPR-EPR, tal como lo había sido hasta ese momento, seguiría siendo exclusivamente a través de los medios de comunicación.
La siguiente reunión del 20 de mayo fue, a juicio de la Comisión, la reunión inicial de trabajo, pues se planteó ahí el motivo central de los eperristas desaparecidos, tomando como referencia las dimensiones políticas, jurídicas e históricas del delito de la desaparición forzada de persona. A partir de ese encuentro, la Comisión de Mediación señaló que no operaría como glosador del EPR, ni actuaría como vocero dando respuesta a comunicados, sino que se concentraría puntualmente en los desaparecidos, en la problemática de las desapariciones forzadas de persona y en el estado que guardasen las investigaciones judiciales acerca del paradero de Reyes Amaya y Cruz Sánchez. Se abordó también la reciente jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia acerca del carácter no prescriptible de las desapariciones forzadas y, aunque no se trató específicamente de la labor de las fuerzas armadas, se habló de la responsabilidad y tarea de las diversas instancias del gobierno federal involucradas.
Ese mismo día, en otro comunicado, la Comisión de Mediación convocó a la sociedad civil para que aportara elementos que contribuyeran a alcanzar los objetivos de su tarea. A partir de ese momento, la Comisión de Mediación inició consultas y encuentros con familiares de los desaparecidos, analistas políticos y organizaciones civiles que proporcionaron numerosos informes, análisis y testimonios que le permitió comprender las varias líneas de acción que había impulsado el gobierno en torno a los desaparecidos eperristas. Fueron surgiendo numerosos indicios de que el gobierno desarrollaba acciones más allá de las márgenes estrictamente procesales de las averiguaciones previas. Con base en esta recepción de informes, testimonios y análisis, la Comisión de Mediación elaboró los tres documentos entregados el 13 de junio que enlistaban, primero, las acciones legales e infructuosas que habían emprendido los familiares de los desaparecidos en diversas instancias de procuración e impartición de justicia y de defensa de derechos humanos; segundo, los rasgos esenciales de la tipificación del delito de desaparición forzada en la legislación internacional y su aplicación al caso de los desaparecidos eperristas; tercero, un breve listado de puntos con acciones militares y policiales en que figuraban como nombres relevantes el general Tomás Ángeles Dauahare, aún Subsecretario de Sedena en el año 2007, y el agente Alejandro Punaro, del que no resultaba al principio clara su adscripción oficial.
Hasta antes de la entrega formal de estos documentos a los representantes del Gobierno Federal y a los medios informativos, la prensa escrita y numerosos conductores de radio y de televisión del país habían prestado atención a las reuniones entre la Comisión de Mediación y los representantes del Gobierno Federal. En esa reunión del 13 de junio la Comisión de Mediación planteó por vez primera preguntas de fondo al Gobierno Federal y el repliegue de los medios informativos fue relevante para las actividades y la evaluación social de la Comisión misma. El silencio de los medios la persuadió a difundir de otra manera las razones y testimonios de la información analizada, particularmente a través de contactos directos con organizaciones civiles y a través de las columnas periodísticas de Miguel Ángel Granados Chapa y Carlos Montemayor.
El 27 de junio se tuvo otra reunión con los representantes del Gobierno Federal para, en términos reales, y según su propia perspectiva, concluir la prolongada reunión del día 13 de junio. Este encuentro fue relevante, entre otros aspectos, por la reducción de la propuesta gubernamental a solamente un recurso de coadyuvancia procesal en la AP. 047/2008, planteada no por desaparición forzada, sino por secuestro, y por su negativa a considerar los documentos entregados el día 13 de junio como planteamientos que el Gobierno Federal debía contestar y aclarar. Esta negativa explícita aumentó no sólo la preocupación entre los integrantes de la Comisión de Mediación sobre la voluntad política del Gobierno Federal, sino también la certidumbre de que el gobierno mexicano contaba con información que no puso en conocimiento de la Comisión. En este contexto, la Comisión de Mediación intensificó sus propias tareas de comunicación con organizaciones, instituciones y testigos.
El 7 de julio, se reunió con la Comisión Nacional de Derechos Humanos y recibió una información muy útil y amplia sobre las numerosas acciones emprendidas por la CNDH en torno a la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez. El 16 de julio, un grupo de trabajo de la Comisión de Mediación viajó a Oaxaca para realizar diversas entrevistas con los familiares de los desaparecidos, organizaciones sociales y civiles, con servidores públicos de la Procuraduría de Justicia del Estado y con figuras individuales como el dirigente de la Organización de Pueblos Indígenas Zapotecas, Juan Sosa Maldonado, quien años antes había sido detenido y desaparecido, y por cuyo testimonio la Comisión de Mediación pudo entender una parte del modus operandi con que las autoridades policiales y militares se conducen durante los interrogatorios y torturas a las víctimas de desaparición forzada de persona.
En la ciudad de México también fueron importantes las reuniones con el general Tomás ÁngelesDauahare, el señor Alejandro Punaro y los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo Contreras. Esta amplia red de apoyos recibidos por la Comisión de Mediación ha modificado sensiblemente las ideas iniciales que teníamos del proceso de la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez y de la naturaleza de las gestiones que la mediación puede desarrollar ahora y en el futuro inmediato.
Las acciones gubernamentales efectuadas en torno a los desaparecidos eperristas a través del ejército, el CISEN y la PGR han sido numerosas; esto nos confirma que los límites procesales son muy estrechos para las necesidades de la mediación. Hasta hoy, creemos que las diligencias realizadas por la CNDH en torno a la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez son las más completas y numerosas, aunque no hayan concluido aún ni se hayan concretado todavía en una Recomendación al ejército, la policía federal o la policía de Oaxaca.
II. Acciones Oficiales y Evaluaciones Diversas
Elementos claves en todo el proceso de la desaparición y búsqueda de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez han sido el ejército mexicano y diversas instancias gubernamentales en Oaxaca. Sin embargo, enlistamos aquí las coincidencias, acciones abiertas o discretas realizadas por elementos del ejército, de la PGR y otras corporaciones policiales.
1. El ejército participó activamente en el operativo del día 24 de mayo de 2007 en el hotel El Árbol en la ciudad de Oaxaca. Elementos del ejército acordonaron la calle y penetraron en el hotel. Este hecho está confirmado por diferentes testimonios: los periodísticos, los de empleados y dueños de establecimientos comerciales vecinos al hotel El Árbol, los empleados de recepción del hotel y los cuatro policías ministeriales del estado de Chiapas que se hospedaron ahí ese día.
2. La denuncia telefónica “anónima” al teléfono 066 que provocó el operativo militar y policíaco en el hotel El Árbol fue realizada por Celedonio Santiago Ojeda hacia las diez y media de la mañana, quien había trabajado en el ejército mexicano durante 16 años, en áreas de inteligencia militar, experiencia que le ayudó a identificar la introducción de armas largas (AR15) en el hotel.
3. En los últimos meses del año 2007, el general Tomás Ángeles Dauahare, a la sazón Subsecretario de
Sedena, trató de establecer contacto directo con el EPR a fin de evitar más acciones violentas por parte de la organización armada. Buscó tal comunicación a través de familiares y de ex militantes del PROCUP-PDLP que actualmente participan en la organización política Izquierda Democrática Popular (IDP) y actúan dentro de la legalidad en forma pacífica. Su papel, nos explicó, fue limitado en tiempo y materia y consistió en abrir canales formales o informales para que el EPR supiera que el gobierno no deseaba llegar a un derramamiento de sangre tanto por un tercer atentado como por enfrentamientos.
4. Consideramos relevantes estos intentos de acercamiento, aunque no se trataba, en ninguna manera, del reconocimiento de una fuerza beligerante, el intento del ejército mexicano por acercarse al EPR podría interpretarse como una forma de reconocimiento de facto.
5. Para buscar esos encuentros y contactos posibles, el general requirió la ayuda de un colaborador de confianza, Alejandro Punaro, que en el pasado había trabajado con él en la búsqueda de ese tipo de contactos en el estado de Guerrero. El señor Alejandro Punaro nos informó que durante 29 años laboró en la Procuraduría General de la República y que en la AFI llegó a ser Subdirector de Terrorismo, lavado de dinero y acopio de armas. Se jubiló en el año 2005 y por su amistad con el general Ángeles Dauahare aceptó ayudarle en su propósito de establecer canales formales o informales con el EPR sin remuneración alguna. Sus tareas consistieron en entablar contacto con familiares, lo cual solicitó directamente a los directivos de la LIMEDDH. A través de esa organización estableció los contactos con familiares como Nadin Reyes Maldonado, doña Margarita Cruz Sánchez y Francisco Cruz Sánchez; en algunas reuniones, como las sostenidas con la esposa y el hijo de Edmundo Reyes Amaya, se agregaron elementos de la Secretaría de Gobernación.
6. Es relevante destacar que ocho días después de que el general Ángeles Dauahare y Alejandro Punaro se habían entrevistado con los integrantes del IDP, Felipe Edgardo Canseco Ruiz y Hermenegildo Torres Cruz, éste último fue detenido por elementos de la PGR, lo cual comunicó Alejandro Punaro al general Ángeles por considerar sumamente delicado que a una de las personas con las que ellos se habían acercado para buscar comunicación con el EPR infructuosamente, pudiera ser arrestada. El general intervino en diversas instancias para que el día 15 de septiembre Hermenegildo Torres fuera liberado.
7. En la madrugada del 2 de agosto de 2007, se efectuó un peculiar operativo del Ejército Mexicano en la ciudad Nezahualcóyotl, estado de México. El periódico La Jornada del 3 de agosto de 2007 informó que “en busca de presuntos integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), más de 150 elementos del Grupo Aeromóvil de Fuerzas Especiales (Gafes) del Ejército Mexicano catearon cuatro casas y un edificio de diez departamentos en la colonia El Sol. El operativo se inició alrededor de las 6:30 horas y concluyó poco más de una hora después. Los militares portaban pasamontañas y cubrieron los números de serie de los camiones y camionetas oficiales de traslado de personal…”. Familiares y analistas cercanos a la Comisión de Mediación consideraron este operativo como una señal de vida, dado el modus operandi con que las autoridades proceden con personas que mantienen desaparecidas.
8. Durante las acciones de acercamiento emprendidas por el general Ángeles Dauahare y Alejandro Punaro ocurrió otra coincidencia relevante: el cese del hostigamiento a los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo Contreras, aunque no al Comité Cerezo-México en su totalidad, pues fue agredido físicamente uno de sus miembros sin vinculación alguna con el general Ángeles ni con Alejandro Punaro. Como en los acontecimientos relacionados con estos hermanos intervino después el CISEN, comentaremos este proceso de distensión en el punto 16.
9. El 24 de abril de 2008, a las 5 de la tarde, recibieron los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo por correo electrónico las últimas amenazas y una entrevista espuria con Gabriel Cruz Sánchez, en aparente respuesta al comunicado que el EPR hizo público el 22 de abril. Con esa entrevista espuria se vincula otra más, publicada por el diario Milenio; se trata de una entrevista con José Antonio Ortega acerca del presunto financiamiento del EPR y de un acuerdo secreto entre el gobierno y la organización popular armada para pactar una tregua, asunto que semanas después retomó el periodista Raymundo Riva Palacio en el diario El Universal. Ese mismo día el EPR emitió el comunicado mediante el cual propuso la integración de la Comisión de Mediación y desmintió el supuesto acuerdo secreto.
10. En la mañana del día siguiente, cuando Gilberto López y Rivas, Miguel Ángel Granados Chapa, Carlos Montemayor y don Samuel Ruiz hicieron pública su aceptación y pidieron como condición el compromiso del EPR de una tregua durante el tiempo que durara la mediación, en la ciudad de Oaxaca elementos del ejército mexicano al mando del general Oropeza Garnica tomaron el edificio de la Procuraduría de Justicia del estado de Oaxaca sin mandato judicial ni orden legal alguna y se apoderaron de los libros de gobierno.
11. El 26 de abril, el mismo día que el EPR emitió el comunicado para informar que aceptaba la tregua propuesta por la Comisión de Mediación, la Policía Militar y la Policía Federal Preventiva participaron en otro peculiar operativo en la ciudad de Oaxaca: la captura de 9 elementos de la policía ministerial de ese estado presuntamente vinculados con la desaparición de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez. Dos de esos nueve elementos fueron finalmente arraigados por la PGR como presuntos culpables de secuestro, crimen organizado y, destacadamente, desaparición forzada en perjuicio de los eperristas mencionados. Se trató de Pedro Hernández Hernández, Subdirector Operativo de la Policía Ministerial del estado de Oaxaca, y de Ángel Reyes Cruz, agente de la misma corporación, apodado el Chicharrón y mencionado en el secuestro de Manuel Díaz Parada.
12. La acusación por desaparición forzada de persona fue relevante, porque los representantes gubernamentales se habían negado a la propuesta de la Comisión de Mediación de reclasificar la averiguación previa de la PGR por desaparición forzada en vez de por secuestro.
13. El abogado defensor de los policías arraigados, Gerardo Francisco López Thomas, informó a la Comisión de Mediación que estaban acusados, por declaraciones de un testigo protegido a disposición de la SIEDO, de desaparición forzada de persona, además de los delitos de secuestro y crimen organizado. Así lo confirmó la CNDH en la reunión que sostuvo con la Comisión de Mediación la noche del lunes 7 de julio y así lo confirmó la nota del señor Guillermo Valdez, Director del CISEN, dirigida al señor Raymundo Riva Palacio, que en el diario El Universal había reutilizado la información mencionada en el punto 6. La propia CNDH, por otra parte, inició sus diligencias por el concepto de desaparición forzada de persona teniendo como presuntos culpables a agentes del ejército mexicano, de la policía ministerial de Oaxaca o de la policía federal.
14. El día 5 de julio se informó en los medios que el juzgado cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal resolvió la liberación de los dos policías arraigados al considerar que no existían elementos constitutivos del delito, aunque su liberación no ocurrió sino hasta la madrugada del sábado 26 de julio.
15. En agosto de 2007, dos personas que se presentaron como militares acudieron a las oficinas de la organización social Izquierda Democrática Popular (IDP) y ahí le informaron a Pablo Torres Hernández que los dos eperristas desaparecidos se encontraban vivos y recluidos en el Campo Militar N° 1, en separos presuntamente adjuntos a la Puerta 1. Con ese motivo hubo varias diligencias en ese campo militar, dos de la CNDH y una ordenada por el Juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal. Todas arrojaron datos negativos, pero la filtración misma abundó en la relevancia del papel del ejército en este proceso de pesquisas y acciones del gobierno federal.
16. Como se ha referido en el punto 8, la distensión en las presiones a los hermanos Cerezo coincidió con la propuesta del EPR de integrar la Comisión de Mediación. Debe tomarse en cuenta, además, que los acercamientos del general Tomás Ángeles Dauahare también pudieron haber sido importantes en la distensión y que a partir de cierto momento de esos acercamientos, intervino el CISEN.
17. La relevancia de presionar y buscar contactos a través de los hermanos Cerezo Contreras deriva de una presunción esencial en la perspectiva del ejército, la PGR, el CISEN y policías regionales: creer que son hijos de Tiburcio Cruz Sánchez, reputado como dirigente principal del EPR, y de Florencia Canseco Ruiz. A partir de esta presunción se originaron diversas estrategias del ejército y del CISEN, partiendo siempre de considerarlos canales de comunicación naturales con el EPR y, por tanto, de negociación con esa organización. En el CISEN, además, prevaleció durante mucho tiempo, y quizás aún ahora, la presunción de que Francisco Cerezo era el enlace específico con el EPR.
18. A partir de esa presunción, las amenazas de muerte a los hermanos Cerezo Contreras constituyeron, a la luz de ciertos análisis y al interior de algunos sectores del ejército y de corporaciones policíacas, un posible mecanismo de presión al EPR y una forma de enviar mensajes a la organización armada para disuadirla de efectuar más atentados. Pudo pensarse en algunos sectores militares y policíacos que las amenazas serían útiles como disuasión para frenar un tercer atentado, en efecto, aunque en realidad no funcionaron así para frenar el segundo de ellos.
19. Otras señales que varios sectores oficiales del gobierno creyeron estar enviando al EPR fueron los traslados carcelarios de Héctor Cerezo en diciembre de 2007 y de Antonio Cerezo en marzo de 2008, desde el Penal del Altiplano La Palma o CEFERESO #1, en el estado de México, al Penal Atlacholoaya en el estado de Morelos.
20. Otra señal de distensión ocurrió con los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo Contreras cuando el ejército colombiano atacó en territorio ecuatoriano el campamento de las FARC donde fueron asesinados cuatro estudiantes mexicanos cuyo cubículo estudiantil en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM compartían con ellos; el mensaje que los hermanos recibieron fue: “no los confundimos con ellos, ustedes son otra cosa.” Ambos pudieron seguir visitando a sus hermanos recluidos sin hostigamiento alguno.
21. Es razonable, pues, suponer que el gobierno mexicano creyó posible transmitir mensajes de negociación y de disuasión al EPR a través de los hermanos Cerezo Contreras, de familiares de los desaparecidos, de Felipe Edgardo Canseco Ruiz o de otros ex militantes del PROCUP-PDLP.
22. Es razonable creer que en este contexto pudieron surgir las versiones de la entrevista espuria con Gabriel Cruz Sánchez y de la supuesta negociación secreta entre el gobierno y el EPR.
23. Es también razonable creer, por todo lo anterior, que algunos sectores del gobierno federal hayan pensado que la “respuesta” del EPR fue la Comisión de Mediación. Por ende, que la tregua del EPR no deriva de la propuesta hecha a esa organización por la Comisión misma; por tanto, que la tregua no es una aportación al proceso de diálogo a través de la Comisión de Mediación y que no está comprometido el gobierno a una aportación equivalente en importancia política a la tregua eperrista.
24. De esta manera, es razonable creer que el Gobierno Federal no ha considerado necesario avanzar ante la Comisión de Mediación con una clara voluntad política para despejar el proceso de diálogo.
25. Por otro lado, el procurador de justicia del estado de Oaxaca informó el 19 de julio a la Comisión de Mediación que desde hacía seis semanas había abierto de oficio una averiguación previa por la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez.
26. Repetimos que dos jueces de distrito reconocieron la desaparición forzada de los eperristas y resolvieron que fueran presentados de inmediato; que la CNDH continúa sus pesquisas bajo la hipótesis procesal de desaparición forzada; que según la CNDH, y también el abogado Gerardo Francisco López Thomas, defensor de los dos policías arraigados, y el director del CISEN, que en la acumulación de expedientes y cargos de la AP 047/2008 hubo una acusación por desaparición forzada de persona. En la visita que la Comisión de Mediación realizó a la ciudad de Oaxaca recibió diversos informes acerca de otras desapariciones forzadas a lo largo del último año. En estas condiciones, resulta inexplicable la resistencia gubernamental a aceptar, como consecuencia lógica, la reclasificación de la averiguación previa de la PGR por desaparición forzada de persona en lugar de por secuestro.
27. Es posible que los numerosos intentos del gobierno por establecer contactos formales o informales con el EPR a través de gestiones como las del general Tomás Ángeles Dahuajuare y Alejandro Punaro, o las presiones violentas o negociables con los hermanos Alejandro y Francisco Cerezo Contreras, y la búsqueda de canales con ex militantes del PROCUP-PDLP, hayan dificultado al Gobierno Federal entender el papel de la Comisión de Mediación en el proceso de diálogo.
28. De esta variedad de acciones del gobierno federal a través de diversas instancias proviene también la confusión de versiones e interpretaciones que se han filtrado a los medios. Un ejemplo más puede ilustrarlo: la desaparición del comandante Jonás Efigenio Gutiérrez Corro, mencionado repetidamente en varios comunicados del EPR como “Jonás” y conocido en el medio policial oaxaqueño como “comandante Corro”.
El 23 de octubre del 2007, cuando circulaba en un automóvil Nissan tipo Tsuru en la jurisdicción de Santa María del Tule, Oaxaca, fue interceptado y secuestrado por un grupo armado que viajaba en una camioneta de color rojo. Fungía como comandante del Cuarto grupo de la Policía ministerial del Estado y tomaba a su cargo la guardia de la Comandancia General desde el nombramiento como director del Teniente de Navío Manuel Moreno Rivas. Eran públicas las diferencias entre ambos y en una ocasión incluso se amenazaron con armas; quizás por ello en algunos medios informativos regionales se especuló que Manuel Moreno Rivas pudo estar implicado en su “desaparición”.
29. Durante la semana del 30 de junio al 4 de julio de este año, en la televisora del canal 13 local, la reportera Silvia Machuca presentó un reportaje sobre el EPR. En la última emisión dio a conocer una grabación anónima en la que se afirmaba que el EPR contaba con un campo de entrenamiento en la región Loxicha y que ahí la policía capturó a los dos eperristas y los llevó a la Comandancia de la Policía ministerial del Estado en la ciudad de Oaxaca para internarlos en los separos. La voz anónima afirma que arribaron ahí a las 00:00 horas del 25 de mayo, cuando estaba de guardia el “comandante Corro”, quien no los quiso recibir por verlos muy golpeados. La grabación concluyó que de la comandancia conocida como los “Pinos” fueron sacados y entregados a los militares y que están muertos y sepultados en Oaxaca.
30. El EPR ha precisado que Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez fueron dejados hacia las cinco de la tarde del 24 de mayo de 2007 en un punto cercano al hotel El Árbol (sin que se hubieran hospedado en ningún momento ahí), pues tendrían una reunión de trabajo a las 7 de la tarde. Fue la última vez que tuvieron contacto con ellos. Si fueron conducidos con el “comandante Corro” a las 00:00 hrs. del 25 de mayo, no pudieron provenir, pues, de los Loxicha.
31. El pasado 11 de julio de este año de 2008, según informó el corresponsal Octavio Vélez Ascencio en La Jornada, efectivos de la Unidad Especializada de Investigaciones de Terrorismo de la SIEDO, perteneciente a la PGR, registraron el cuartel general de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI), denominado Los Pinos, en la jurisdicción de Santa María Coyotepec, y las instalaciones del grupo Fuerzas Especiales de Alto Rendimiento, en la municipalidad de San Agustín de las Juntas, en busca de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, sin encontrar indicios de ellos. El procurador general de justicia del estado, Evencio Nicolás Martínez Ramírez, confirmó las acciones y afirmó desconocer qué fin tuvo el cateo.
32. Pues bien, sería conveniente saber si este operativo de la PGR se derivó de la grabación anónima presentada por la conductora de televisión Silvia Machuca en la ciudad de Oaxaca o si la información llegó a la PGR por otra vía y después fue filtrada. En cualquiera de las dos posibilidades, sería conveniente saber por qué se le concedió la credibilidad suficiente como para motivar ese operativo.
33. Ante la credibilidad concedida a muchas versiones en poder del ejército o la PGR, es necesario aclarar si los sectores gubernamentales “creen” en el origen de la tregua del EPR. La Comisión de Mediación reitera que tal tregua es resultado de la condición planteada a la organización popular armada para iniciar las tareas mediadoras y que el gobierno mexicano precisa reconocerlo así para que contribuya a la mesa de diálogo con otra decisión política equivalente a la tregua, lo que pudo consistir inicialmente en el reconocimiento de la desaparición forzada como hipótesis procesal.
34. Para fundamentar aún más la tipificación del delito de desaparición forzada de persona en perjuicio de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, la Comisión hace entrega de un Anexo pormenorizado sobre este delito de lesa humanidad.
35. A partir de todos los puntos hasta aquí enlistados, la Comisión de Mediación hace público ahora que sus tareas mediadoras requieren ir más allá de la reiterada propuesta procesal gubernamental; reiterada propuesta, sin embargo, no concretada aún. La Comisión de Mediación recibió ofrecimientos una y otra vez postergados de acceso a expedientes procesales y ninguna respuesta a los documentos jurídicos, políticos e incidentales presentados por ella.
36. Hasta el día 12 de agosto, hace dos días, la Comisión de Mediación esperó tener acceso a ciertas hipótesis procesales esenciales de quince tomos de expedientes de la PGR para precisar los análisis y exposiciones contenidas en los primeros dos documentos que la Comisión presentó el pasado 13 de junio.
37. A partir de estas consultas y confirmación de premisas, las necesidades de trabajo de la Comisión de Mediación suponen ahora al menos el seguimiento y diálogo con autoridades militares, de procuración de justicia federal y estatal y de autoridades de defensa de derechos humanos a nivel nacional y regional.
38. Hasta este momento, ha habido una apertura y colaboración franca de organizaciones civiles como la LIMEDDH, la organización social IDP, la CNDH, y a título personal, analistas políticos, familiares de los desaparecidos, y elementos militares o policiales como el general Tomás Ángeles Dahuajuare y el señor Alejandro Punaro. De manera oficial, el gobierno federal no ha expresado ninguna voluntad política en los puntos concretos planteados en documentos anteriores.
39. La Comisión entiende que ha llegado a un punto que tanto podría ser sin retorno como de un avance cualitativo si se lograra avanzar a un nivel político y no detenerse en el nivel procesal, donde se ha esperado una respuesta viable durante meses. La Comisión entiende también que necesitan tiempo el Gobierno Federal y el EPR para decidir lo que proceda en el futuro inmediato. La Comisión solicita respuesta de ambas partes de manera explícita para poder continuar o suspender temporal o definitivamente sus tareas de consulta social y de mediación. Entenderemos por una respuesta explícita la disposición política de ambas partes para actuar con celeridad y transparencia. Reiteramos al gobierno federal que no tenemos un trato directo ni permanente con el EPR y reiteramos al EPR que no tenemos un trato directo ni permanente con el gobierno federal, como debió haber ocurrido con los documentos entregados el pasado 13 de junio.
III. Conclusiones
a) Tomando en cuenta que México suscribió al 5 de abril de 2002 la Convención Americana sobre Desaparición Forzada de Personas y que tal instrumento jurídico se depositó en la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos el 4 de septiembre de 2002.b) Tomando en cuenta que en marzo de este año México ratificó la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas.
c) Habida cuenta que a la fecha no se han dado los pasos necesarios para que el marco jurídico de México se adecue a las medidas preventivas vinculantes que la Convención establece para los Estados signatarios.
d) Habida cuenta que a la fecha no se han investigado ni sancionado los casos de desapariciones forzadas ocurridas en el pasado reciente y los responsables de estos delitos no han comparecido ante los tribunales de justicia y que, en consecuencia, existe un marco de impunidad histórico adverso al que se enfrenta la Comisión de Mediación.
e) Tomando en cuenta que, según asentó la Comisión de Mediación en el documento 2 “Análisis de Desaparición Forzada de Persona” entregado el pasado 13 de junio al Gobierno Federal y puesto en línea en el sitio web de SERAPAZ, y según se asienta en el anexo técnico del presente documento, las características de la desaparición de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez integran los elementos constitutivos del delito de lesa humanidad tipificado en las Convenciones Internacionales como “desaparición forzada”.
f) Si se añade, además, el nulo avance de las acciones procesales para dar con el paradero de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, según demuestra la Comisión de Mediación en el Primer Documento, “Aspectos Procesales”, entregado al Gobierno Federal el pasado 13 de junio y puesto en línea en el sitio web de SERAPAZ.
g) Habida cuenta de la negativa por parte del Estado para reconocer que se trata de un caso de desaparición forzada y tomando en cuenta que todas las informaciones recabados por esta Comisión apuntan a que los dos militantes del EPR fueron detenidos por “agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actuaron con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de las personas desaparecidas, sustrayéndola a la protección de la ley”.
h) Habida cuenta que no se ha reflejado en acciones concretas, la existencia de una real y efectiva voluntad política por parte del Gobierno Federal para investigar y dar a conocer el paradero de los dos militantes del EPR, así como para encontrar a los responsables intelectuales y materiales de su detención y desaparición en los ámbitos de las autoridades políticas, militares o policíacas o de organismos de inteligencia en alguno de los tres niveles de gobierno.
i) Habida cuenta de todo ello, la Comisión de Mediación ha decidido, por tanto, con base en los 39 puntos de “Acciones Oficiales y Evaluaciones Diversas” enlistados en este documento; con base en los 7 puntos enlistados en estas “Conclusiones” y, con base en nuestro Anexo técnico sobre la desaparición forzada de persona como delito delesa humanidad, ha decidido, repetimos, dejar en claro a la ciudadanía, a los medios informativos, a sectores interesados del gobierno federal y al PDPR-EPR, la naturaleza de las consultas, análisis y tareas que la Comisión ha realizado; asimismo, y de manera esencial, que el proceso de mediación necesita ahora aclaren con toda nitidez la actitud que están dispuestas a asumir las dos partes interesadas: el Gobierno Federal y el PDPR-EPR. Necesitamos una reconfirmación de la tregua del PDPR-EPR y una real voluntad política del Gobierno Federal que se refleje en la presentación con vida de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez y que en adelante permita el diálogo directo de la Comisión de Mediación con Sedena, el CISEN y la PGR.
Atentamente:
Enrique González Ruiz, Miguel Ángel Granados Chapa,
Juan de Dios Hernández Monge, Rosario Ibarra de Piedra,
Gilberto López y Rivas, Carlos Montemayor,
Samuel Ruiz García
Ver en línea : Informe de la Comisión de Mediación al final del sexenio de Felipe Calderón.